REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 17 DE DICIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
PARQUE DEL PLATA SUR
HERMOSO CHALET CON BARBACOA
Ubicación del padrón: José Enrique Rodó y Calle 11
Padrón: 4.060 Parque del Plata – Canelones
Superficie edificada: 122 m² (según cédula catastral)
Superficie de terreno: 594 m² (según cédula catastral)
Deudas que se deducen del precio: Lo que se adeude por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha de remate se deducen del saldo de precio.
Condiciones de Remate: El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta.
Expediente: Civil 8vo.Turno IUE: 2-130358/2021 “FERNANDEZ ASCHERI, GONZALO Y OTROS C/ SUCESORES DE DUARTE GONZALEZ, MARTHA – EJECUCIÓN HIPOTECARIA”
Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer piso (Montevideo)
ES RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS HACER LAS CONSULTAS JURÍDICAS Y NOTARIALES A UN PROFESIONAL DE SU CONFIANZA, ASI COMO AVERIGUAR LAS DEUDAS EXISTENTES A LA FECHA DE REMATE.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: “FERNANDEZ ASCHERI, GONZALO y otros c/ SUCESORES DE DUARTE GONZALEZ, MARTHA – EJECUCION HIPOTECARIA. “IUE 2-30358/2021, se hace saber que el 17 de diciembre de 2024 a las 14:30 horas en el local de la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero ALFREDO RAMOS MASTALLI, Matrícula Nº 5579, RUT 214920180011, en acto presidido del Oficial Alguacil del Juzgado, se subastará, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien: solar de terreno con construcciones y demás mejoras, sito en la decimo octava sección judicial del departamento de Canelones, Localidad Catastral Parque del Plata, zona suburbana, empadronado con el número CUATRO MIL SESENTA (4.060), señalado como solar 1 (solar catastral 13) de la manzana 343, en el plano de mensura del Agrimensor Carlos A. Mac Coll, inscripto en la oficina Técnica de Empadronamiento de Canelones con el número 19 el 20 de mayo de 1946, de acuerdo al cual consta de una superficie QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS SESENTA Y TRES DECÍMETROS (594,63 metros), con 10 metros al Sureste de frente a Avenida 50 metros y 35 metros al Suroeste también de frente a la calle Once por ser esquina, uniendo ambos frentes ochava recta de 7,85 metros, 15 metros al Noroeste lindando con parte del solar 15, y 40 al Noreste lindando con el solar 2. Todos los solares indicados pertenecen al mismo plano. PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. 2) Que serán de cargo del vendedor (expediente) la comisión del Rematador e impuestos, o sea, 1,22%, así como el 1% correspondiente al Impuesto Municipal (Ley 12.700). 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones. 6) Se desconoce la existencia de deudas acerca de los impuestos de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 7) Solamente podrán ser imputados al precio los montos de los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 8) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la ley 18.308. 9) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296.10) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los DDHH 1309 primer piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se realiza esta publicación. Montevideo, 02 de diciembre de 2024. VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.
INFORMES:
ALFREDO RAMOS MASTALLI
alfredo@ramosmastalli.uy
Cel. 099685653