Galpón con buen jardín en Nuevo París, ideal autoservice, comercio, etc.

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 17 DE JUNIO 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

NUEVO PARÍS
Galpón con buen jardín

Ideal para autoservice, comercio, o simplemente para reunión de AMIGOS.
En el jardín entran como 6 vehículos cómodamente.
¡¡Vaya a verlo!!

Cno. Carlos María de Pena 5822
entre Yugoeslavia y Vittorio Veneto

Área Edif. 74 m² + Uso exclusivo de patio “A” – 155 m²
Total que le corresponde a la unidad son 246 m²
Padrón nº 415.367/001

SEÑA: 30% – Com. e Imp. 3,66%


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “MELO, ANTOIO ERNESTO C/DOLYN TRADING S.A. EJEC. HIPOTECARIA” IUE 35-36/2007, Por disposición del Sr. Juez Letrado de 1ª Instancia en lo Civil de 9º Turno, dictada en autos caratulados: “MELO ANTONIO ERNESTO C/ DOLYN TRADING S.A. – EJEC. HIPOTECARIA – Ficha 35 – 36/2007, se hace saber que el próximo 17 de Junio, a las 13:30 horas, en Av. Uruguay 826 (ANRTCI) y por intermedio del martillero Fernando Olariaga López, matrícula nº 4421, RUT 212097110015, en acto presidido por la Señora Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal número 001, que forma parte del edificio incorporado a Propiedad Horizontal de la Ley 14.261, construido sobre un terreno sito en la 11ª Sección Judicial de Montevideo, localidad catastral Montevideo, padrón matriz 415.367, que según plano de mensura y fraccionamiento del Agr. Rafael Laport Silva de mayo de 1996, cotejado por la División General de Catastro el 19 de agosto de 1996 con el nº 27.898, consta de una superficie de 1.596 metros 56 decímetros con 14 metros 42 centímetros de frente al Suroeste a calle Carlos María de Pena, entre las calles Yugoeslavia y Vittorio Veneto. La unidad 001 se encuentra empadronada individualmente con el nº 415.367/001 y según el plano mencionado se ubica en Planta Baja a cota vertical + 0,15 metros y consta de una superficie de 64 metros 7 decímetros y le corresponde el uso de Patio “A”, bien común, ampliamente descripto en dicha escritura. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30 % de su oferta, así como la comisión del rematador más IVA (3,66 % del precio), la cual no forma parte del mismo. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con la normativa vigente (Ley Nº 19.889). 2º) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta más impuestos al rematador; o sea el 1,22% del precio total de remate. 3º) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 4º) Que se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 5º) Que existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 6º) Que el estudio de títulos se hizo en su totalidad con testimonio notarial por exhibición de las primeras copias y algunos de la matriz. 7º) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate. En caso de existir cuentas en juicio, solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 8º) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decreto reglamentarios. 9º) Que quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 10º) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al art. 178 de la Ley 17.296. 11º) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo, 02 de junio de 2025. – VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto.

INFORMES:
FERNANDO ESTEBAN OLARIAGA LOPEZ
folariag@adinet.com.uy
Cel. 099 61 73 96