REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
FRACCIÓN DE CAMPO EN JOANICO
de 13 hás. 9125 m. (Con 2 Casas y Galpones)
LUNES 26 DE NOVIEMBRE A LAS 14:30 HORAS EN ASOCIACIÓN COMERCIAL E INDUSTRIAL DE CANELONES TOLENTINO GONZÁLEZ 320 CIUDAD DE CANELONES CAPITAL
Con aprox. 1500 m² construidos entre 2 Chalets y Galpones
Ubicada en la 1ª Secc. Catastral de Canelones a 5 kms. de Ruta 5 (km. 389 entrando en Joanicó por Camino Al Gigante 4 kms. hasta camino 17m. a mano izquierda 1 km. hasta llegar a la propiedad.
2 Excelentes Casas que conforman 330 m² y Galpones aprox. 1200 m².
PADRÓN Rural 19373 de la 1ª Secc. Catastral de Canelones
SEÑA 20% – COMISIÓN E IMP. 3,66% – con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes números 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.
TODA CONSULTA DE CARACTER JURÍDICO NOTARIAL DEBE SER EVACUADA ANTES DEL DÍA DE LA SUBASTA POR SU PROFESIONAL DE CONFIANZA.
EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado Letrado de 1ra. Instancia de Canelones de 2º turno, dictada en autos caratulados MARTINEZ PORLEY, MARTHA MARIA, OJEDA MARTINEZ CARINA Y OJEDA MARTINEZ ADRIANA C/ BUSSO VIGLIONE CARLOS ALFREDO – EJECUCION HIPOTECARIA – I.U.E. 168/788/2005, se hace saber que el próximo lunes 26 de Noviembre de 2018, desde la hora 14:30 en el Salón de la Asociación Comercial e Industrial de Canelones ubicado en calle Tolentino González nº 320 de la Ciudad de Canelones, se procederá por intermedio del martillero Juan Manuel González Parodi, Mat: 5289, R.U.T. 020102660012, asistido del oficial Alguacil de la Sede, al Remate público sin base y al mejor postor en dólares americanos, del siguiente bien inmueble: dos fracciones de campo y sus mejoras ubicadas en zona rural de la primera sección judicial y catastral del departamento de Canelones; paraje denominado Joanicó; empadronadas en conjunto con el número diecinueve mil trescientos setenta y tres (Padrón 19.373), antes en mayor área con el número 12.131 y según plano del Agrimensor Felipe Lacueva Castro del 5 de mayo de 1941, inscripto en la dirección de Avalúos con el número 1057 el 9 del mismo mes y año, están señaladas con los números 30 y 31 cuyas superficies y deslindes son los siguientes: Fracción número 30, superficie Seis Hectáreas Siete Mil Seiscientos Ochenta Metros ( 6 Hectáreas 7680 metros) que se deslindan así: 130 metros de frente al Suroeste a camino de 17 mts. de ancho; al Noroeste una línea recta de 537 metros 60 centímetros con fracción 31, al Este el arroyo de la Lana en medio con la fracción 41 al Sureste una línea de 519 metros 70 centímetros con la fracción 29. Fracción 31, superficie Siete Hectáreas Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Metros (7 Hectáreas 1445 metros) que se deslindan así: 130 metros de frente al Suroeste a Camino de 17 metros de ancho, al Noroeste una línea recta de 543 metros 50 centímetros con la fracción 32, al Este el arroyo de la Lana en medio con la fracción 41 y al Sureste 537 metros 60 centímetros con la fracción 30.- SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 20% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma, así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (unidades indexadas cuarenta mil), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes números 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- 2) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni la semana de turismo.- 3) Serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la ley pone de su cargo.- 4) Será de cargo del expediente la comisión del rematador más IVA e Impuesto Municipal o sea el 2,22% del precio resultante.- 5) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria; pudiéndose descontar del precio de la subasta los tributos adeudados por el ejecutado, que sean necesarios para la escrituración, según la normativa legal vigente. 6) Se desconoce el estado ocupacional del bien así como si existen deudas por aportes al BPS.- 7) El remate se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, de la titulación y certificados registrales presentados en autos. 8) Se previene muy especialmente que del Certificado del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Canelones Nº 62633 de fecha 25/10/2018, surge: I) Compraventa inscripta con el Nº 1474 de fecha 19/05/2004, siendo el titular actual del bien a rematarse Abalcir S.A. en Liquidación. II) el bien se encuentra arrendado según contrato inscripto con el Nº 2238 el 28/06/2005. 9) Toda la documentación relativa a este juicio se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Juzgado, sito en Avda. Rivera Nº 351; de esta ciudad; a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Canelones, 13 de Noviembre de 2018.
INFORMES:
REMATES GONZALEZ
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Tels. 4334 6259 Cel. 099615511