Excelente terreno padrón 4025 en Balneario Buenos Aires

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 26 AGOSTO 15 HORAS
En CLUB ORIENTAL DE SAN CARLOS
CALLES TREINTA Y TRES Y SARANDÍ
PISO SUPERIOR

TERRENO PADRÓN 4025

450 m² BALNEARIO BUENOS AIRES

DEPARTAMENTO DE MALDONADO

DEUDA: Contribución actualizada $ 305.591,00
Se descuenta del precio
No tributa primaria

CONDICIONES: SEÑA 30% DEL PRECIO TOTAL EN DÓLARES USA
más COMISIÓN E IMP. 3,66%
EN EL ACTO, EFECTIVO, LETRA DE CAMBIO U OTRO
medio idóneo, establecido por la ley No. 19210 y sus modificaciones


EDICTO: Por disposición del Sr. JUEZ DE PAZ DE LA 6ª. SECCION DE MALDONADO, ubicado en 18 de Julio No. 675 de la ciudad de SAN CARLOS, dictado en autos caratulados “INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO c/DAS NEVES Antonio y otro” “JUICIO EJECUTIVO TRIBUTARIO” IUE 2-21382/2023”, se hace saber que el próximo Lunes 26 de Agosto de 2024, a la Hora 15:00, en Local Club Oriental de San Carlos(piso superior), ubicado en la Calle Treinta y Tres y Sarandí de la ciudad de San Carlos, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en DOLARES USA: del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno, sito en la localidad catastral Balneario Buenos Aires, departamento de Maldonado, empadronado con el número 4025 (Cuatro mil veinticinco), señalado como solar número 22 de la manzana 35 el que según plano del Ing. Agr. Antonio Odizzio inscripto en la Oficina Departamental de Empadronamiento de Maldonado con el No. 104 el 26.10.1938, tiene una superficie de mil Cuatrocientos cincuenta metros (450 metros) y se deslinda así: 15 metros al Noreste de frente a calle número 37, 30 metros al Sureste, lindando con Solar 23; 15 metros al Suroeste, lindando con el solar 15 y 30 metros al Noroeste, lindando con el solar 21, todos de la manzana 35 del mismo plano.
SE PREVIENE:
1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa.
2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate.
3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.
4) Se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación y titulación agregadas y la información registral adjunta.
5) Se desconoce el estado ocupacional del bien.
6) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000 de UI. (Unidades Indexadas).
8) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate.
9) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local. San Carlos, de Julio de 2024

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
rematadorgalvarez@vera.com.uy
Cel. 099 817621