REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MIÉRCOLES 27 DE NOVIEMBRE 15:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
EXCELENTE OPORTUNIDAD
CORDÓN – MONTEVIDEO
50% DE NUDA PROPIEDAD
Y 100% DEL USUFRUCTO
APARTAMENTO PLANTA BAJA CON PATIO
UBICADO EN CALLE JUAN PAULLIER
ENTRE COLONIA Y 18 DE JULIO
PADRÓN: 21.356/007
SUPERFICIE: 48 m² 64 dm² y patio
UBICACIÓN: Juan Paullier N° 1639/1641 esquina Colonia
Seña: 30% – Comisión 3.66%
En efectivo, o si superare un millón de UI. Por medios de pago autorizados (letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza) por lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “DA ROSA PEREIRA, CARLOS c/ MISA RODRIGUEZ, JOSE y otro – EJECUCIÓN DE SENTENCIA” IUE 2-55746/2018, Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno, dictada en autos caratulados: “Da Rosa Pereira, Carlos c/MISA RODRIGUEZ JOSE Y OTRO – Ejecucion de Sentencia” IUE 2-55746/2018, se hace saber que el día 27 de noviembre del corriente a las 15 y 30 horas, en el local de la A.N.R.TC.I., calle Uruguay Nº 826, se procederá por intermedio del martillero MARIELA MARTINEZ CARRÉRE, matrícula Nº 4562, RUC 212220330014, presidido por la Alguacil de la Sede, a la venta en pública subasta, en pesos uruguayos sin base y al mejor postor del 50% de la Nuda Propiedad y el 100% del Usufructo del siguiente bien: PADRÓN 21.356/007- Unidad de propiedad Horizontal Nº 007, que forma parte del edificio construido en un solar ubicado en Localidad Catastral Montevideo, departamento de Montevideo, construido bajo las disposiciones de la Ley 10.751 y 14.261, en un terreno empadronado con el Nº 21.356, el cual según Plano de Mensura y Fraccionamiento del Agrimensor Sarandí Asuaga Nogué de mayo de 1977, inscripto en la Dirección General del Catastro el 6/5/77, con el Nº 82903, se compone de un área de 562,29 m y se deslinda así: 15,93 m al NE a la calle Juan Paullier Nº 1639,entre la Avenida 18 de Julio y la calle Colonia. La Unidad 007, empadronada individualmente con el numero 21.356/007, según plano citado, se ubica en planta baja, a cota vertical más 0,74 m, tiene un área de 48 m 64 dm y le corresponde el uso exclusivo del Patio “B” bien común. ————————————– —– SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta en el acto de aceptarle la misma. II) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corrido a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por ferias judiciales ni semana de turismo. III) La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. IV) Que serán de cargo del mejor postor, la comisión del Rematador e impuestos, o sea el 3.66%, los gastos y honorarios de escrituración y lo que la ley ponga a su cargo. V) Que será de cargo del expediente, la comisión de venta del Rematador, o sea el 1.22 % así como los impuestos municipales. VI) Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, como así también su situación tributaria y estado de deudas antes diferentes organismos (BPS, DGI, Intendencia de Montevideo, etc.) VII) Se desconoce el estado ocupacional del bien. VIII) Tiene deuda por Impuesto a Primaria, desconociéndose la situación actual de Contribución Inmobiliaria. IX) Se desconoce la situación de los gastos comunes en la actualidad. X) Que sólo podrá ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio, sólo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resulte mejor postor en el remate. XI) El ITP de la parte vendedora e IRPF vendedor en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración. XII) Quien resulte mejor postor en el remate, deberá tramitar previamente a la escrituración del bien, ante la Intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la ley 18.308. XIII) Que el estudio de títulos se hizo en base a Testimonio notariales por Exhibición XIV) Que el remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de documentación agregada y de la información registral, los que se encuentran a disposición de los interesados en la oficina del juzgado, en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos Nº 1309 1º piso Montevideo, 04 de noviembre de 2024. VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto
INFORMES:
MARIELA MARTINEZ CARRERE
m.martinez@adinet.com.uy
Tels. 094 202300 / 097 404142