REMATE PARTICULAR
SÁBADO 8 DE OCTUBRE
En HOTEL: SOLANA PORTEZUELO
RUTA INTERBALNEARIA KM 116.200 15 HORAS
PRECIO BASE: U$S 1.200.000
EXCELENTE HOTEL EN PUNTA DEL ESTE
“ARENAS DEL SOL”
GRAN PREDIO CON PISCINA Y HERMOSO JARDÍN
36 HABITACIONES EQUIPADAS
TERRENO 4.099 m² – EDIFICADOS 1.231 m²
Padrón: Nº 3560
Seña: US$ 100.000 dólares en letra de cambio de banco de plaza.
Comisión 3% más IVA.
CONSULTE POR FINANCIACIÓN.
8 de Octubre de 2022 – Hora 15:00
HOTEL ARENAS DEL SOL
Ruta Interbalnearia Km 116.200 Solana Portezuelo
BASE: U$S 1.200.000 (Dólares Estadounidenses Un Millón Doscientos Mil)
El día 8 de Octubre de 2022, a las 15:00 horas en el Loby del propio Hotel Arenas Del Sol Ruta Interbalnearia Km 116.200 Solana Portezuelo Maldonado, se procederá a la venta en remate particular del bien que se dirá.
PRIMERO: Se trata del siguiente bien, Padrón Nº 3560 Localidad Punta Ballena Departamento Maldonado.
SEGUNDO: a) Documentación: Los interesados disponen de copia de la documentación con que se cuenta, la que podrá ser consultada previa coordinación con el rematador al cel. 099 634 318.
b) Visitas: Los interesados podrán coordinar visitas, previa coordinación con el rematador al celular 099 634 318.
TERCERO: El bien se encuentra libre de ocupantes.
CUARTO: El remate se realizará en Dólares Estadounidenses.
QUINTO: Los mejores postores deberán abonar en el acto de bajar martillo:
a) la suma de Dólares Estadounidenses cien mil (U$S 100.000) por concepto de seña.
La seña se destinará a garantizar las obligaciones que asumen los mejores postores, quienes, al efectuar postura, se entiende que aceptan estas condiciones. Dicha seña integrará el precio.
b) el 3% de comisión del Rematador más impuestos, lo que asciende a un 3,66% del monto de la oferta aceptada, suma que no integrará el precio.
SEXTO: Forma de pago: Deberá tener presente el mejor postor que deberá abonar:
a) la seña expresada en la cláusula anterior, mediante letra de cambio vigente de un banco de plaza.
b) la comisión e impuestos y el saldo de precio atento a las disposiciones vigentes (Leyes 19.210, 19.478, 19.732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario).
Serán de cargo del comprador todos los gastos, impuestos, honorarios de escrituras, certificados, pago del ITP de la parte compradora.
SÉPTIMO: Una vez concluida la subasta deberá el mejor postor exhibir su documento de identidad, constituir domicilio legal, suscribir el acta de Remate y designar escribano, así como aportar todos los datos que le sean requeridos por el Rematador en cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención del lavado de activos.
OCTAVO: El mejor postor deberá depositar el saldo del precio dentro de los 60 días corridos contados a partir de la fecha del remate; asimismo deberá escriturar a su nombre el bien dentro de los 30 días corridos a contar de la entrega de la documentación correspondiente, so pena de tenerlo por desistido del remate perdiendo los importes depositados por concepto de seña y saldo de precio y la comisión e impuestos que hubiese abonado, sin perjuicio de los daños y perjuicios que su incumplimiento hubiere ocasionado.
NOVENO: Hasta tanto la titularidad registral de los bienes no se encuentre a nombre del mejor postor, las operaciones deberán ajustarse a las previsiones legales, al contenido de estas condiciones y a las estipulaciones contenidas en el Acta de Remate.
No podrá el mejor postor aducir vicios o defectos de la titulación anteriores al remate.
La sola presentación a la subasta y formulación de oferta implica la aceptación de los títulos y de toda la documentación relativa al inmueble, así como de la situación en que se encuentra.