En SALÓN DE LA SOCIEDAD AGROPECUARIA DE ROCHA AV. JOSÉ BATLLE Y ORDÓÑEZ 361 EXCELENTE CAMPO EN ROCHA Paraje “El Sauce” 108 Has. 2.954 m²Índice Productividad 108 Padrón 724
Ingreso por Ruta 9 km. 199,600 (puente Arroyo Sauce de Rocha) hacia el Noreste por camino vecinal 3 km.
Frente de 1.000 mts. sobre Camino Vecinal – Dista a 8 km. de la Ciudad de Rocha.
SEÑA 30% – Com. e Imp. 3.66% (en dólares) todo en el acto. El mejor postor deberá tener presente que al momento de abonar la seña debe cumplir con lo establecido en las Leyes 19.210, 19.478 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios.
Se recomienda a los interesados asesorarse con su profesional de confianza a los efectos de evacuar todas las interrogantes de índole jurídico y notarial, deudas de Intendencia e Impuesto de primaria, como así los antecedentes y expediente que se encuentran a disposición en la Oficina del Juzgado.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Rocha de 4° Turno, dictada en autos: “VELAZQUEZ FEDERICO C/ GUAZZO PEDRO Y LA PASTORAL S.G. JUICIO EJECUTIVO” IUE 342-79/2017, se hace saber que el día 23 de Junio de 2022 a partir de las 14 y 30 horas en el Salón de la Sociedad Agropecuaria de Rocha, sito en Av. José Batlle y Ordoñez N°361 de la Ciudad de Rocha, por intermedio del Rematador PABLO J. ARGENTI Mat. N.º 5429 y RUT 213746410012 en acto presidido por el Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en remate público al mejor postor, sin base y en dólares americanos, el siguiente bien Inmueble: fracción de campo y mejoras que le acceden ubicado en la séptima Sección Judicial del departamento de Rocha, zona rural, empadronado con el numero setecientos veinticuatro (N.º 724), el que según plano del Agrimensor Homero Cardozo, de fecha noviembre de mil novecientos sesenta y cinco, inscripto en la Oficina Departamental del Catastro de Rocha, con el números tres mil setecientos sesenta y uno (N°3.761), el día treinta de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco, se compone de una superficie según plano y según título de ciento ocho hectáreas, dos mil novecientos cincuenta y cuatro metros cuadrados (108 Ha 2.954 m2), que se deslinda así: al Oeste, línea quebrada compuesta de dos tramos rectos que se orientan y miden así: la primera quinientos sesenta metros, con veinte centímetros, de Suroeste a Noreste y la segunda cuatrocientos ochenta y seis metros, treinta centímetros, con igual orientación, dando su frente ambas a camino Nacional, por medio del cual lindan con padrón tres mil ochocientos ochenta y nueve parte. Al norte línea recta de dos mil cuatrocientos ochenta y uno metros, con cincuenta centímetros, lindando con parte del padrón tres mil ochocientos ochenta y ocho. Al este Arroyo de Rocha, al Sur línea quebrada compuesta de tres tramos rectos que miden y se orientan así: la primera mil doscientos treinta y uno metros, con veinte centímetros, de Este a Oeste; la segunda cuatrocientos cincuenta y ocho metros, con diez centímetros de Norte a Sur y la tercera mil cuatrocientos sesenta y nueve metros, con setenta centímetros, lindando esta ultima con padrón setecientos veintinueve y parte de padrón setecientos treinta y uno; las dos primeras rectas linda ambas con padrón setecientos veinticinco.SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá de consignar por concepto de seña el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma. 2) Será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios, certificados y demás que la ley pone de su cargo, así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto. 3) Será de cargo del expediente la comisión de venta o sea el 1,22% del precio de remate más el 1% correspondiente al Impuesto Departamental. 4) El mejor postor deberá tener presente que: A) al momento de abonar la seña debe cumplir con lo establecido en las Leyes 19.210, 19.478 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. B) podrá ser imputado al precio la deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria generado a la fecha de la subasta. C) deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 5) Se desconoce existencia de deudas ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble , su estado ocupacional y de conservación. 6) Se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en la calle Gral. Artigas N°83, de la ciudad de Rocha.Rocha, 03 de junio de 2022GRACIELA DÍAZ ZANELLI, Actuario Adjunto