REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 28 DE ABRIL 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 –
MONTEVIDEO
EL PRADO
ISLAS CANARIAS 4282/84
2 EXCELENTES CASAS EN UN PADRÓN
Entre: Cno. Castro y Cap. Basedas
Total construido según Catastro: 283 m²
(Tiene caracterización urbana vigente)
Área del terreno: 400 m²
Frente: 10 m.
PADRÓN: 52033
SEÑA: 30% + COMISIÓN: 3,66%
(TODO EN EL ACTO SEGÚN NORMATIVA LEGAL)
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 11º Turno, dictada en autos: “LIEBERMAN KLUGHAUPT, RONI c/ LII CHU CHE, MING – EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 2-111724/2023, se hace saber que el lunes 28 de abril de 2025 a la hora 14:30 en el local de ANRTCI, Av. Uruguay 826, el Rematador Francisco Olascoaga, Mat. 4986, RUT 211630610019, sacará a remate en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, en acto presidido por la Sra. Alguacil de la Sede el siguiente bien inmueble: solar de terreno con el edificio en él construido y demás mejoras dominiales que le acceden, ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, padrón número cincuenta y dos mil treinta y tres (52.033), señalado como solar 7 en el plano del agrimensor Hamlet
Bazzano, inscripto en el Departamento Nacional de Ingenieros el día 31 de enero de 1910, tiene una superficie de cuatrocientos metros, que se deslinda así: al Suroeste, 10 metros de frente a la calle Ganaderos (hoy Islas Canarias); al Noroeste, 42 metros lindando con el solar 8; al Noreste, 10 metros lindando con el solar 34; y al Sureste 40 metros lindando con el solar 6, todos del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar acto seguido a la bajada de martillo, el 30% de su oferta en calidad de seña, más la comisión del rematador del 3,66% sobre el precio (incluye el IVA del 22%). Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000 (Unidades Indexadas un millón) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica con acreditación instantánea de una entidad bancaria de plaza y cumplir totalmente con lo establecido en las Leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. 2) Será de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados impuestos y demás que la Ley pone de su cargo. 3) El expediente pagará al rematador en concepto de comisión el 1,22% (incluye el IVA del 22%), más los gastos de publicidad y otros que se efectuaren. 4) Se desconoce: A – la existencia de deudas tributarias ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten al bien inmueble: B – su situación ocupacional: C – estado de conservación; y C – si la Intendencia de Montevideo hará uso del derecho de preferencia dispuesto por el Art. 66 de la Ley 18.308, debiendo tramitarse el certificado correspondiente previo a la escritura. 5) Sólo se podrá descontar del precio del remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, hasta la fecha del remate. 6) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio, en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede, en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo. 7) Se podrá imputar al precio del remate el 2% de ITP e IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente. 8) En la Sede se encuentra depositada la titulación y antecedentes dominiales del bien a rematarse, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, de los antecedentes dominiales y certificados registrales presentados oportunamente, los que podrán ser examinados por los interesados en la Sede, (Palacio de los Tribunales) Pasaje de los Derechos Humanos Nº 1309 Tercer Piso. 9) En el acto del remate, el mejor postor y segundo mejor postor, deberán constituir domicilio conforme al Art. 71 del CGP (domicilio real y procesal electrónico judicial). Y a los efectos legales se realiza esta única publicación. Montevideo, 19 de marzo de 2025
– ANA DORYS GUTIÉRREZ VELÁZQUEZ, Actuario
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FRANCISCO JAVIER OLASCOAGA DUPLESSIS
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