REMATE JUDICIAL LUNES 23 DE OCTUBRE 13:30 HORAS En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
BUCEO DOS CASAS en UN PADRÓN
Fco. Solano López Nº 1711 entre Mentana y Chamizo
Padrón 68.906
Área 355 m² 84 dm²
A metros del Súper DISCO
BASE 2/3 PARTES DE TASACIÓN
Comisión: 3,66% – Seña: 30% en pesos
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 8° Turno, dictada en autos: “GODOY VILLALBA, DANIEL c/ GODOY VILLALBA, ROBERTO – PARTICIÓN” IUE 43-27/2019, se hace saber que el 23 de octubre de 2023, a las 13 y 30 horas, en el local de Av. Uruguay 826 de Montevideo, la Rematadora Claudia Rodríguez, Mat. 6032, Rut 216123810018, en acto que presidirá la Sra. Alguacil de la Sede, se procederá a la venta en subasta pública en moneda nacional SOBRE LA BASE DE LAS 2/3 PARTES DE SU TASACION, y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: solar de terreno con el edificio y demás mejoras que contiene y le acceden, sito en la décima Sección Judicial del departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona Urbana, empadronado con el número 68.906, que según títulos y plano suscripto por el agrimensor Álvaro Acosta y Lara de setiembre de 1946, inscripto en la Dirección Nacional. de Catastro el 30/09/1946, con el número 15.993, tiene una superficie de 355 m, 84 dm. de frente al Noreste a calle Mcal. Fco. Solano López (ex Comercio) número de puerta 1711, distando su punto medio 25 m y 31 cm de la esquina formada por dicha calle con la de Mentana, 42 m 5 cm al Noroeste, lindando con el inmueble padrón 68.905, 8 m 59 cm en la línea del fondo al Suroeste limitando con bien empadronado con el número 68.909 y 40 m 80 cm al Sureste lindando con el padrón 68.907, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30 % de su oferta en el acto de serle aceptada la misma, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las 40.000 mil unidades indexadas, deberá hacerse efectivo mediante letra de cambio, cheque cruzado no a la orden o transferencia electrónica de una entidad bancaria o cualquier otro medio de pago dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. Se deberá depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto probatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede. 2) Que será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la ley pone de su cargo, así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto. 3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos o sea el 1,22% del precio de remate. 4) Que se desconoce la existencia de deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria y cualquier otra deuda nacional y/o departamental que afecte el inmueble. 5) Que se desconoce el estado de conservación y la situación ocupacional del inmueble. – 6°) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral y del expediente. Los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la oficina Actuaria del Juzgado, Avenida Uruguay 1030, Quinto piso, Montevideo. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones
Montevideo, 14 de septiembre de 2023
Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto