Cinco fracciones de campo en Artigas

REMATE SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 10 SETIEMBRE 14:30 HORAS
En AV. CNEL. CARLOS LECUEDER 484
CIUDAD DE ARTIGAS

REMATE CONCURSAL
5 FRACCIONES DE CAMPO EN ARTIGAS
Paraje 3 cerros de catalá
y otro a 10 km de Artigas ruta 4

 

Padrón 2879 Artigas
UBICACIÓN: Ruta 4 Km 193.500 a 10 Kilómetros de Artigas.
SECCION CATASTRAL: Nº 1 Lamina 5A.
LOCALIDAD: ARTIGAS.
ÁREA DE TERRENO: 50 hectáreas.
ÁREA CONSTRUIDA: No tiene.
Inmueble Rural del Departamento de Artigas ubicado sobre ruta 4 km 193.500
distando de la capital Departamental 10 Kilómetros aproximados.- El padrón está
compuesto por una superficie de 50 hectáreas.

Padrón 1388 Artigas
UBICACIÓN: Sobre ruta 4 km 192.00 entrando a la izquierda por camino vecinal 20
kilómetros hacia el paraje conocido como 3 Cerros de Catalán ingresando por una
servidumbre de paso 1.5 km hasta los padrones a a subastar.
Distando de la capital Departamental 30 Kilómetros aproximados.
ÁREA DE TERRENO: 46 hec 9319 mts

Padrón 1247 Artigas
UBICACIÓN: Ruta 4 Km 192 entrando a la izquierda por camino vecinal 20 Km a 30
Km de Artigas.
SECCIÓN CATASTRAL: Nº 1 Lamina 5A.
LOCALIDAD: 3 Cerros de Catalán.
ÁREA DE TERRENO: 17 hectáreas. 1412 metros.

Padrón 1393 Artigas
UBICACIÓN: Ruta 4 Km 192 entrando a la izquierda por camino vecinal 20 Km a 30
Km de Artigas.
SECCIÓN CATASTRAL: Nº 1 Lamina 5A.
LOCALIDAD: 3 Cerros de Catalán.
ÁREA DE TERRENO: 46 hectáreas. 8841 metros.

Padrón 1394 Artigas
UBICACIÓN: Ruta 4 Km 192 entrando a la izquierda por camino vecinal 20 Km a 30
Km de Artigas.
SECCIÓN CATASTRAL: Nº 1 Lamina 5A.
LOCALIDAD: 3 Cerros de Catalán.
ÁREA DE TERRENO: 49 hectáreas. 7445 metros

 

ANTECEDENTES: Jdo. de Concurso 1er. turno 2-7725/2024
Seña 30% – Com. e Imp. 3,66% más IVA en el acto
Transferencia bancaria, letra de cambio y/o efectivo


CONDICIONES DE LA SUBASTA PRIVADA DE INMUEBLES. 1- El remate se realiza en forma privada, en el marco del proceso concursal y en la etapa de liquidación de autos “JORGE EDUARDO CONCURSO NECESARIO LEY 18387”. IUE 2-70725/2024, tramitados ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concursos de 2° Turno, con autorización judicial otorgada por DECRETO 279/2025, para vender en forma extrajudicial los bienes que componen la masa activa del concurso. 2- El remate se realizará el 10 de setiembre de 2025 por el rematador Mario Molina matrícula 5148, a partir de la hora 14:30 en el local de la Avenida Cnel. Carlos Lecueder Nº 484 de la Ciudad de Artigas, sin base, en dólares americanos y al mejor postor. 3- Los bienes a subastar son los siguientes Padrones: del Departamento de Artigas Zona Rural: Nº 2879- 1388-1247-1393-1394. 4- Se hace constar expresamente que la sindicatura desconoce el estado de ocupación y conservación actual de los inmuebles, los cuales es rematan en el estado en que se encuentran. La Sindicatura no asume responsabilidad alguna en cuanto a su estado de conservación y/o desocupación ni se compromete a efectuar gestión alguna al respecto. Cualquier acción tendiente a la recuperación de la posesión material del bien será de exclusiva cuenta y cargo del comprador, una vez aprobada la subasta y otorgada la correspondiente escritura. 5- El mejor postor deberá depositar en concepto de seña el 30% de su oferta en el acto más la comisión del rematador de 3% más IVA, cumpliendo con la Ley 19210 y las modificaciones introducidas por la Ley 19889. 6- El plazo para el depósito del saldo de precio es de 30 días corridos, siguientes a la subasta, de viendo efectuarse en la cuenta que se indicara a tales efectos. La obligación de integrar el saldo de precio en el plazo referido, no estará sujeta al otorgamiento de la escritura definitiva. 7- La seña referida precedentemente garantizará las obligaciones del mejor postor, quien al formular postura se entiende que conoce y acepta las condiciones de ocupación y conservación del bien. 8- Serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de escrituración de cada inmueble. 9- Serán de cargo del expediente la comisión del 1.22% IVA incluido y los gastos de publicidad de dicho remate. 10- La operación de compraventa se encuentra exonerada del pago del ITP conforme lo dispone el artículo 254 numeral 3 de la Ley 18.387. 11- El comprador no deberá afrontar el pago de las deudas que existen por concepto de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, hasta la fecha del remate (art. 177 Ley 18.387). Luego de ello serán de su cargo los gastos, tributos e impuestos que se generen. El mejor postor deberá tramitar la declaración de caracterización urbana si correspondiera. 12- Se deberá justificar la procedencia de los fondos, identificar al beneficiario final y demás requerimientos impuestos por la Ley 17.835 y decreto 355/010 y demás requerimientos impuestos por la normativa vigente en la materia. 13- Se labrará acta de remate en la que él y/o los mejor postores deberán constituir domicilio en el departamento de Montevideo y designar Escribano/a para autorizar la escritura de compraventa. 14- Toda documentación relativa a los bienes se encuentra a disposición de los interesados en posesión de la Sindicatura. 15- Las compraventas serán otorgadas por la Sindicatura y los gastos y honorarios serán tomados a cargo por el mejor postor. Montevideo, 11 de Agosto del 2025

INFORMES:
MARIO SANTIAGO MOLINA ALONSO
rematesmolina@gmail.com
www.estudiomolina.uy
Tels. 099 634 318