REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 26 DE JUNIO 15 HORAS
En HUMBERTO 1ERO. 4030
MONTEVIDEO
MONTEVIDEO RURAL
CHACRA
EXCELENTES MEJORAS Y BUENA UBICACIÓN
Próximo al cruce de Perimetral y César Mayo Gutiérrez
Padrón Rural Nro. 44.576 de Montevideo, fracción de campo y mejoras con un área de 5 Hás. 4.653 m² con alto índice
de productividad 216.
Ideal para residencia permanente, eventos, canchas deportivas.
Remata Stajano es un remate de verdad
INFORME [PDF]
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 12º Turno, dictada en autos: “BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY c/ FURTADO CAMPODONICO, ALVARO y otros – EJECUCIÓN HIPOTECARIA -” IUE 2-34796/2019, se hace saber que el próximo 26 de junio de 2024 a las 15.00 horas, en el local sito en Humberto 1º. 4030, se procederá ´por intermedio del martillero ENRIQUE STAJANO, matricula 3648 Rut.211761230015, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, a la venta en subasta pública, sin base, en dólares americanos y al mejor postor del siguiente bien inmueble y sus anexos: fracción de campo con sus construcciones y mejoras, ubicada en zona rural del departamento de Montevideo, Sección Catastral Montevideo rural, empadronado con el No. 44.576, que según plano de mensura y división del Agr. Roberto Schinca de julio de 1950, inscripto en la Dirección General de Catastro el 15 de agosto de 1950 con el número 22.887, se señala como Fracción “A”, tiene una superficie de cinco hectáreas cuatro mil seiscientos cincuenta y tres metros, y se deslinda así: 161 mts 15 cm al Noreste de frente a Camino General Osvaldo Rodríguez; 345 mts 85 cm al Sureste lindando con Fracción “B” del mismo plano; 157 mts 30 cm al Suroeste de frente a Camino Vecinal de 10 mts de ancho, hoy Bernardo Etchevarne y 347 mts al Noroeste con padrones números 95.599, 95.598 y 44.575. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar la seña del 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña, con los medios de pago autorizados por la ley 19210, modificativas y ley 19574 en la redacción dada por la ley 19.889. Asimismo, deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 2) Sera de cargo del adquirente, los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más iva. 3) Sera de cargo del expediente el 1% más iva por concepto de comisión sobre ventas. 4) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural,física y jurídica de las construcciones que hubiera en ellas. 5) Que existen deuda de Contribución Inmobiliaria que al 14 de mayo de 2024 asciende a pesos uruguayos ochenta y ocho mil setenta y seis pesos con ochenta y ocho centavos ($U 88,076,88) según certificado de gravamenes municipal a fs 272 del expediente. 6) Solo se podrá descontar del precio de remate deuda que existiera por concepto Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria de existir, pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha del remate siendo las posteriores a cargo del mejor postor, no pudiéndose imputar por tales conceptos los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas si existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados. 7) Para el caso de que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP e IRPF si correspondiere. 8) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y teniendo a la vista los certificados del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Montevideo y del Registro Nacional de Actos Personales ampliados al 14 de mayo de 2024. 9) En la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos, los que podrán ser examinados por los interesados, en la Sede sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 21 de mayo de 2024. PABLO GERARDO CARABALLO LEMAS, Actuario.
INFORMES:
ENRIQUE STAJANO PEREIRA
stajanoe@gmail.com
https://www.facebook.com/rematesstajano/
Tels. 26199465