Casa en la ciudad de Treinta y Tres, barrio Agraciada

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
JUEVES 12 DE JUNIO 14:30 HORAS
En HALL DEL JUZGADO DE PAZ
DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES
MANUEL ORIBE 1278

CASA EN LA CIUDAD DE TREINTA Y TRES
BARRIO AGRACIADA
Calle Andresito 1519
entre Manuel Francisco Artigas y calle Fernando Otorguez
ÁREA DEL PREDIO 777 m²
ÁREA CONSTRUIDA 94 m² (según Catastro)
SEÑA 15% – COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Treinta y Tres, dictada en autos: “ARISPE ALVAREZ Maria Cristina C/ MILA MAGUNA Alberto Isaias y otro-JUICIO EJECUTIVO” IUE 413- 8/2000, por Decreto Nº 39/2025 de fecha 04/02/2025, SE HACE SABER: Que el día 12 de Junio de 2025 a las 14:30 horas, en el hall del Juzgado de Paz Departamental de Treinta y Tres sito en calle Manuel Oribe Nº 1378, se procederá por intermedio del martillero Fernando Nalerio Mat. 5214 R.U.T. 213224600014, asistido por la Sra. Alguacil de la Sede, a la SUBASTA SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR EN MONEDA NACIONAL, el siguiente BIEN INMUEBLE solar de terreno y las mejoras que le acceden, sito en la primera sección Judicial del Departamento de Treinta y Tres, Localidad Catastral de Treinta y Tres, zona urbana, empadronado con el Nº 10,112 antes Padrones Nº 8350 y antes 5400 señalado como solar 1 manzana F en el plano de Mensura del Agrimensor Juan Antonio Benia Prado, inscrito en la Oficina Departamental con el Nº 2106 el 08/06/1964 según el cual consta de un área de setecientos sesenta y siete metros cuatro mil novecientos veinte centímetros (777 m 4920 cm) y se deslinda así:19 m 43 cm al SUROESTE de frente a calle Pública; 41 m 41 cm al NOROESTE lindando con Peopasio Machado; 19 m 10 cm al NORESTE lindando con solar 2 del mismo plano.-SE PREVIENE:1) Que el mejor Postor deberá consignar el 15% de seña de su oferta en el acto, cheque certificado, letra de cambio o transferencia electrónica.2) Que será de cargo del Comprador el 3,66% del precio al bajar el martillo por concepto de comisión e impuestos en caso de serle aceptada.3) Que serán de cargo del Expediente el 1,22% por concepto de comisión e I.V.A. e impuestos Municipal 1% Ley 12.700.4) Que el mejor postor deberá consignar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos a partir del día siguiente al de la Notificación del auto aprobatorio del Remate que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por la semana de Turismo.5) Que los rubros imputables al precio del Remate son impuestos de primaria y contribución inmobiliaria únicos rubros imputables al precio hasta la fecha de la escrituración requeriendose para cualquier otra imputación autorización judicial.6) Que los pagos deberán hacerse por los instrumentos de pago referidos en la Ley 19210 y la Ley 19.478 y sus decretos reglamentarios.7) Que se desconoce el estado ocupacional del bien así como también su situación ante B.P.S. D.G.I y ante la Intendencia.8) Que el Remate se efectuará en las condiciones que surgen de la titulación, certificados registrales y la documentación agregada en autos que se encuentra a disposición de los interesados en esta Sede Judicial deslindando la misma cualquier responsabilidad al respecto (Articulo 390 Inc 2 y 3 del C.G.P.).9) Que se expide el presente a los efectos legales.-Dr/a. Nelly Rossana CABRERA MIERES Juez Paz Dptal. Int. Treinta y Tres, 05 de mayo de 2025. NELLY ROSSANA CABRERA MIERES, Juez Paz Dptal. Int

INFORMES:
FERNANDO ANIBAL NALERIO GHIAZZA
f.nalerio@hotmail.com
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Cel. 099 705 521