Casa en la Ciudad de Río Branco

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 1° DE OCTUBRE 13 HORAS
En MISIONES 1365 – MONTEVIDEO

CASA EN LA CIUDAD DE RÍO BRANCO

DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO

En Felipe Ferrer 381 – Padrón 2358

Sup. terreno 149 m²
Sup. edificada 132 m²

2 dormitorios – baño – cocina – living comedor – fondo con parrillero – garage

Comisión IVA inc. 3,66% – Seña 30%

Matrícula Héctor Bavastro 2237


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 4º Turno, dictada en autos: “BANCO SANTANDER S.A. c/ KITOLSI S.A. y otros -JUICIO EJECUTIVO-” IUE 2- 21737/2018, se hace saber que el próximo 1 de Octubre del corriente a las 13:00 horas, en el local sito en Misiones 1365, se procederá por intermedio del martillero HECTOR BAVASTRO, matricula 2237 Ruc.213384600012, en diligencia presidida por la Sra. Alguacil de la sede, a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor, en dólares americanos, el siguiente bien: Padrón individual Nº 2358, zona urbana, localidad catastral Río Branco departamento de Cerro Largo, según plano del Agrimensor Simon Lopez inscripto en Catastro de Cerro Largo el 1/03/1983 con el número 7000, señalado con el número uno, consta de una superficie de 149 metros 8 decímetros y se deslinda: 6 metros 71 centímetros al suroeste de frente a la calle Felipe Ferreiro; 21 metros 80 centímetros al noroeste lindando con parte del padrón numero 1033; 6 metros 98 centímetros al noreste lindando con parte del padrón 274 y 21 metros 76 centímetros al sureste lindando con el solar 2 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura, y si el precio total de lo rematado supere las UI 1.000.000 se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. Debiendo abonar el saldo dentro de los veinte días corridos, contados a partir del día siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpe por las ferias judiciales o semana de turismo. En caso de estar el mejor postor exonerado de la seña y del precio, igualmente deberá pagar la comisión del rematador y los gastos del remate. 2) Serán de cargo del adquirente, los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más iva. 3) Serán de cargo del expediente el 1% más iva por concepto de comisión sobre venta. 4) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, la documentación agregada y los certificados registrales. Se desconoce la situación ocupacional del inmueble y respecto de la situación contributiva, el mismo posee adeudo, desconociéndose especialmente la situación contributiva en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. Solo podrá descontarse del saldo del precio la contribución Inmobiliaria y el Impuesto de enseñanza Primaria hasta la fecha del remate. 6) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder) Toda la documentación relativa a este juicio se encuentra de manifiesto en la oficina actuaria del Juzgado, Palacio de los Tribunales en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Montevideo, 03 de septiembre de 2024
FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto

INFORMES:
BAVASTRO E HIJOS
[email protected]
www.bavastro.com
Misiones 1366 – Montevideo
Tels. 2915 58 01