REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
CASA EN BALNEARIO PINAMAR
JUEVES 12 DE DICIEMBRE A LAS 13:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
Avda del Parque, entre calle 19 y ruta 10 a 2 cuadras de la playa
750 metros cuadrados – 189 metros construidos – Padrón 120 – M. 70 S. 14
Seña 30% Comisión 3% + IVA
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15º Turno, dictada en autos: “HSBC BANK (URUGUAY) S.A. c/ VARGAS KUROPOTKIN, ROCIO y otro – EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 2-40225/2018, EDICTO. Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Decimo Quinto Turno, dictada en autos “HSBC BANK (URUGUAY) S.A. c/ VARGAS KUROPOTKIN ROCIO y otro”. Ejecución Hipotecaria, IUE 2-40225/2018, se hace saber que el próximo 12 de diciembre de 2019, a las 13 y 30 horas, en la Asociación Nacional de Rematadores, Uruguay 826, se procederá por intermedio del martillero JOSE IGNACIO RUIZ DIAZ, MATRICULA 5790 RUT.120252740018, en diligencia presidida por el Sr. Alguacil de la Sede, a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses, del siguiente bien inmueble: Fracción de terreno con construcciones y demás mejoras que contiene, sito en la localidad catastral Pinamar, departamento de Canelones, zona suburbana, empadronado con el No. 120 ( antes padrón 6732 en m/a) que según plano del Agr. Carlos Hughes de octubre de 1957, inscripto en la Dirección General de Catastro el 7/05/1959 con el No. 10363 se señala como solar 14 de la manzana 70, con una superficie de 751,29 metros y se deslinda: al Este línea curva de 20,31 mts. de frente a avenida del Parque; al Sur 35,81 mts. lindando con solar 15; al Suroeste 20 mts. lindando con solar 16 y al Noroeste 39,33 mts. lindado con solares 12 y 13. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor, deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña con los medios de pago autorizados por la ley 19210 y sus modificativas y si el precio total de lo rematado superare las UI 40.000 (unidades indexadas 40.000) se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada, cheque certificado cruzado no a la orden y a nombre de rematador o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19210 y 19478 y sus decretos reglamentarios, debiendo consignar el saldo, dentro de los veinte días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 2) Serán de cargo del adquirente los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión de martillero 3% más iva. 3) Será de cargo del expediente el 1% mas iva por concepto de comisión sobre venta y el 1% de impuesto municipal.4) Existe deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria, único rubro junto con la eventual deuda de Educación Primaria imputables al precio hasta la fecha del remate.5) Se desconoce la situación contributiva frente al B.P.S. por construcciones, asi como la situación ocupacional del bien.6) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación agregada y de los certificados registrales. 7) Toda a documentación relativa a este juicio, se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria del Jugado, Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 1º, a disposición de los interesados. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 02 de diciembre de 2019 SUSANA del CARMEN FERNANDEZ VILA, Actuario Adjunto.
INFORMES:
JOSÉ IGNACIO RUÍZ DÍAZ
joseignacioruizdiaz@hotmail.com
Cel. 099719182