Casa Bello y Reborati en Punta Carretas, Ellauri 444.

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
VIERNES 25 DE ABRIL 14:30 HORAS
En GALICIA Nº 1069 – MONTEVIDEO

CASA BELLO Y REBORATI
ELLAURI 444 – MONTEVIDEO
3 dormitorios – 3 baños (1 suite)
Cocina / Sala de estar (ex garage)
Comedor / Living
Terraza al frente
136 m² edificados
Padrón Nª 112.752
Seña 30% – Comisión e impuestos 3,66%


VOLANTE Y EDICTO EN PDF

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 1º Turno, dictada en autos: “BRUCK, ANDRE MICHEL. c/ ISAAC, BENITO y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-70679/2019, se hace saber que el próximo 25 de abril de 2025, a las 14:30 horas en la calle Galicia Nº 1069, el martillero Santiago Castells, Mat. 6350 RUT 212502750010, presidido del Señor Alguacil de la Sede, procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base, al mejor postor del siguiente inmueble: Solar de terreno con el edificio y mejoras que le acceden, sito en la 15ta. sección judicial del Departamento de Montevideo, zona urbana, localidad catastral Montevideo, padrón número CIENTO DOCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS (112.752), que según plano del Agrimensor Juan José Gomensoro Correa de mayo de 1930, inscripto en la Dirección de Topografía el 2 de junio de 1930, tiene un área de 129 metros 72 decímetros y linda
así: 6 metros 10 centímetros al Noroeste de frente a la calle Ellauri, puerta de entrada número 444, entre las calles Solano García y Joaquín Núñez, distando su punto medio de 16 metros 72 centímetros de la esquina con la última calle nombrada; al Noreste 21 metros 7 centímetros linda con padrón número 134.951; al Sureste 6 metros con parte del padrón número 134.953 y al Suroeste 22 metros 17 centímetros con parte del padrón número 112.708 .SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada, 2) Que será de cargo del comprador a) gastos y honorarios de escrituración ; b) comisión del Rematador más IVA, ( el 3,66% del precio) el que se abonará en el acto del remate. 3) Que será de cargo del ejecutado, el pago de la comisión de venta más el IVA del 1,22% del precio. 4) El mejor postor deberá tener presente que: A) al momento de abonar la seña y el saldo de precio debe cumplir con lo establecido en las Leyes 19.210, 19.478 19.889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. B) podrá ser imputado al precio solamente la deuda por Contribución Inmobiliaria y/o Impuesto de Enseñanza Primaria hasta la fecha del remate, no así los eventuales gastos judiciales que se hayan generado por esas deudas. C) deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. D) Existen deudas por diversos conceptos ante la intendencia de Montevideo. E) Una vez otorgada la respectiva escritura se reintegrará el importe correspondiente a I.T.P. parte vendedora e I.R.P.F. si correspondiere. F) La formulación de postura significa que acepta el título , las condiciones del remate, la documentación y las condiciones del expediente.- (Art 390 inc. final C.G.P.) II.- Se desconoce: A-existencia de deudas tributarias ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble, su situación ocupacional y estado de conservación, así como la existencia de deudas ante BPS.- B- si la Intendencia de Montevideo hará uso del derecho de preferencia dispuesto por el Art.66 de la Ley 18.308, debiendo tramitarse el certificado correspondiente previo a la escritura. III.- El bien inmueble se subasta: en las condiciones jurídicas, fiscales y materiales que surgen, a la fecha de la subasta, del expediente y la documentación agregada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en la Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos Nº 1309 piso 3 de la ciudad de Montevideo la que está a disposición de los interesados, quedando de su cargo toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Montevideo, 21 de marzo de 2025. MÓNICA BEATRÍZ FALÓTICO CAPÓ, Actuario.

INFORMES:
SANTIAGO CASTELLS
Cel. 099 747 796