REMATE JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES
CAMPO 260 HÁS. EN “COLONIA SANTA CLARA”
MARTES 11 DE DICIEMBRE A LAS 11 HORAS EN RINCÓN 408
Cuchilla El Perdido – Soriano
A 55 kmts de Cardona y a 43 kmts. de Rodó.
Consta Al Arroyo “El Perdido”
Coneat: 147
10 Potreros, casa, galpón, instalaciones para ganado.
Según resolución del Inst. Nal. de Colonización los únicos oferentes en este caso podrán ser las dos personas autorizadas y el acreedor ejecutante (Art. 70, Ley 11.2029 y sus modificativas)
Seña 20%. Com. e IVA: 3,66%
260 Hás. 5.010 m²
– Integra la COLONIA SANTA CLARA
– Fracción N° 13, inmueble “460” según plano del Agrim. César A. Herrera de octubre de 1958, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el N° 2387 el 23 de setiembre de 1974.
– El padrón se encuentra afectado Instituto Nacional de Colonización, por lo que deberá requerir su autorización de la compraventa forzada, so pena de nulidad.
– Existe un contrato de arrendamiento respecto a Antel (fs. 57 del expediente) de 1 Há. 200 m2, por el plazo de 15 años a partir del 17/10/08 para la colocación de una radiobase y equipos de telecomunicaciones. La renta ya fue abonada en su totalidad.
14ª Sección Judicial de SORIANO – Padrón: N° 8.657
Area: 260 Hás. 5.010 m²
Índice de Productividad: 147
– A 4 kmts. de camino departamental a Cuchilla El Perdido
– Tiene costa sobre “Arroyo El Perdido”.
– Posee cañada natural, “Cañada del Cerro”.
– 10 potreros.
– Casa Principal y otra vivienda (una en pésimo estado).
– Galpoón.
– Pozo de agua.
– Instalación para manejo de ganado vacuno y ovino.
Seña 20% – Comisión e IVA 3,66%
TODO EN EL ACTO EN LETRA DE CAMBIO O TRANSFERENCIA BANCARIA
SE SUGIERE CONSULTAR A SU PROFESIONAL DE CONFIANZA
para estudio de expediente, títulos, adeudos municipales, nacionales y demás.
EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 2º Turno, dictada en autos caratulados: “MARIA CAROLINA SINTAS CACHON C/ CORTONDO GONZALEZ, AGUSTIN – JUICIO EJECUTIVO- INTIMACION DE PAGO – IUE: 2-24656/2015”, se hace saber que el próximo 11 de Diciembre a las 11 horas en Rincón 408 por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº. 1716 RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: fracción de campo con la totalidad de las mejoras que le acceden ubicada en la 14ª sección judicial y catastral, zona rural del Departamento de Soriano, empadronada con el Nº 8.657 la que según plano del Agrim. César A. Herrera de octubre de 1958, inscripto en la Dirección General de Catastro con el Nº 2387 el 23/9/1974, se señala con el Nº 13 del inmueble “460”, tiene un área de 260 Hás. 5.010 m que se deslinda así: al N 889 m con parte del padrón 5.641, al E dos tramos de 1581 m 30 cm y 315 m 40 cm. con fracciones 1, 2 y 3, al S 2 rectas de 1932 m 40 cm y 107 m 60 cm con servidumbre de paso destinada a camino y fracción 12 y al O con arroyo El Perdido.. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 20% de su oferta al bajarse el martillo, dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado supera las 40.000 UI se hará efectivo mediante letra de cambio o cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo con lo dispuesto por las leyes Nos 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios 2º) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e Iva o sea el 3,66% del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e Iva – o sea- el 1,22% del precio de remate. 4º) Que el inmueble se encuentra afectado al INC, por lo que se deberá requerir su autorización para la escrituración de la compraventa forzada so pena de nulidad. 5º) Que existe un contrato de arrendamiento respecto a Antel, de fs. 57, y que surge en la escritura de Hipoteca. 6º) Que se desconoce si el inmueble se encuentra ocupado 7º) Que de existir deudas por aportes al BPS por las construcciones existentes en el inmueble, las mismas serán de cargo del mejor postor. 8º) Que del precio de la subasta sólo podrá descontar Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, el 2% correspondiente al vendedor por ITP e IRPF. 9º) Que se desconoce la existencia de deudas por concepto de tributos de carácter nacional o municipal. 10º) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada al mismo, habiéndose realizado el estudio de títulos con testimonio notarial. 11º) Que los títulos de propiedad y demás antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 3º, Montevideo, 10 de octubre de 2018. Esc. NATALIA SILVERA, ACTUARIA ADJUNTA
INFORMES:
DANTE Y GUSTAVO IOCCO
remates@iocco.com.uy
www.iocco.com.uy
Rincon Nº 412 – Montevideo
Tels. 29166910* – FAX.29166986