REMATE JUDICIAL SIN BASE EN DÓLARES
BUENA CASA DE SOLIDA CONSTRUCCIÓN EN BARRIO PEÑAROL
VIERNES 13 DE MARZO – 15:00 Hs. A REALIZARSE EN PTAS. DEL JUZGADO DE LA COSTA SEDE EN AV. GIANNATASIO KM. 23
– Padrón 48.536 – Superficie del terreno: 432 m2 – Edificados 166 m2.
Juzgado Letrado de Ciudad de la Costa de 5° Turno – Ficha IUE 467-85/2019
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Ciudad de la Costa de 5° Turno, dictada en autos: “BLANCO, MARIA JOSEFINA C/ VEDERE, GISSEL Y OTRAS -EJECUCION HIPOTECARIA- -CIVIL-” IUE 467-85/2019, se hace saber que el próximo 13 de marzo del 2020 a las 15:00 horas, en las puertas del Juzgado, Av. Giannattasio Km 23, el martillero Rodrigo Abasolo Matrícula 5481, RUT 214748820011, asistido de la Señora Alguacil de la Sede, procederá a la venta en remate público, en dólares estadounidenses, sin base, al mejor postor, del siguiente bien inmueble: un solar con construcciones y demás mejoras que le acceden ubicado en la novena Sección Judicial del departamento de Montevideo, zona urbana, Localidad Catastral Montevideo, departamento de Montevideo, padrón cuarenta y ocho mil quinientos treinta y seis (48.536), el que según el plano del Agrimensor Enrique W. Abba de junio de 1987, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro en mayo de 1991 con el número 19242, está compuesto de una superficie de ochocientos cuarenta y cinco metros cuadrados con cuarenta decímetros (845 m. 40 dcm.), y se deslinda así: 10 metros de frente al Noreste a la Av. Peñarol hoy Bv. Aparicio Saravia, 84,53 mts lindando al Noreste con la fracción A, 84,55 mts al Sur Este lindando con Mantegazza y Castiglioni y 10 mts en su fondo al Sur Oeste sobre la calle Schiller. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 20% (veinte por ciento) de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A.. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado, o trasferencia electrónica bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- II) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- III) Que será de cargo del expediente la Comisión de venta del Rematador e Iva, o sea el 1,22% del precio del remate.- IV) Que el bien se remata en las condiciones que resultan del expediente, de la información registral y la documentación agregada.- V) Se desconocen el estado ocupacional del mismo, de la regularidad de las construcciones existentes y contributiva, especialmente en cuanto refiere a las construcciones. VI) Existe deuda pendiente por concepto de Impuesto de Enseñanza Primaria. VII) Que los únicos rubros que corresponde imputar al precio son la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Primaria a la fecha del remate. VIII) Que la documentación relativa al inmueble se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, AV. Giannattasio Km 23.- Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Ciudad de la Costa, Canelones el 10 de febrero de 2020.-
Ciudad de la Costa, 18 de febrero de 2020.
MARÍA VIRGINIA GARCÍA FERRO, Actuario.
INFORMES:
RODRIGO ABÁSOLO CABRERA
Tels. 24022165 – 24023638 Cel. 099245222