REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MARTES 28 DE MAYO 14:30 HORAS En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
BUEN INMUEBLE EN PUNTA DEL ESTE
RINCÓN DEL INDIO- SAN RAFAEL
CALLE PABLO NERUDA ESQUINA VIRGILIO
Padrón 5631
Sup. terreno 412 m²
Sup. edificada 94 m²
SEÑA 30% – Comisión e impuestos 3,66%
Por consulta y coordinar visitas al inmueble 095630352
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14o Turno, dictada en autos: “ARAUJO, XIMENA c/ LAGARTO SRL – JUICIO EJECUTIVO COMÚN” IUE 2- 64457/2020, , se hace saber que el próximo día martes 28 de mayo de 2024 a las 14:30 horas en Av. Uruguay 826, Montevideo, sede de ANRTCI presidido por la Sra. Alguacil de este Juzgado y por intermedio del Rematador Eduardo Franchi Soria, Mat. 4974, RUT 212496480010, se procederá al remate, sin base, al mejor postor, y en dólares estadounidenses, del siguiente bien inmueble ubicado en la localidad catastral Punta del Este (Rincón del Indio San Rafael); solar de terreno con construcciones, ubicado en la localidad catastral Punta del Este, Departamento de Maldonado, zona urbana, padrón número cinco mil seiscientos treinta y uno (5631), antes padrón en mayor área 9265, el que según plano del Agrimensor Julio Cerviño de fecha 7 de mayo de 1943 inscripto en la Dirección General de Catastro el 4 de abril de 1946, con el número 845, se compone de una superficie de cuatrocientos doce metros, se señala con el número 16 de la manzana 4 y se deslinda así: al Sureste 15 metros de frente a la calle número 2, al Suroeste 27 metros 50 centímetros con solar 17, al Noroeste 15 metros con solar 6 y al Noreste 27 metros 50 centímetros con solar 15. SE PREVIENE QUE: I) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura lo que deberá hacer cumpliendo con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889 en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. II) El mejor postor deberá abonar por concepto de comisión de compra del 3% más IVA del importe del remate. III) Sera de cargo del expediente la comisión de venta 1% más IVA del precio de remate IV) Los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del mejor postor. V) Podrá ser imputado al saldo precio la deuda de Contribución Inmobiliaria y/o Impuesto de Enseñanza Primaria, generada hasta la fecha del remate; en caso de corresponder se reintegrará I.T.P. e I.R.P.F. luego de otorgada la escritura judicial, previa acreditación. VI) Deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. VII) Se desconoce la existencia de deudas nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble, situación ocupacional, su estado de conservación y regularidad de las construcciones art.71 Ley 18308. VIII) Se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, certificados y documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art. 390 inc. Final del CGP y lo dispuesto por Ley 19754 Lavado de Activos en lo correspondiente. A los efectos legales se hacen estas publicaciones. Se firma con información registral ampliada al 15 de Mayo del 2024.
Montevideo, 17 de mayo de 2024
ADRIANA CLAUDIA LEON RODRIGUEZ, Actuario
INFORMES: EDUARDO HECTOR FRANCHI SORIA franchisoria@gmail.com Cel. 095 630 352