REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
BUEN CAMPO GANADERO EN ARTIGAS
CON MUY BUENA AGUADA
Descripción:
Padrón rural: 7366, Artigas.
Paraje La Bolsa, antes 3 sección judicial, 3 sección catastral.
Acceso, desde la Ciudad de Artigas por Ruta 30 hasta el km. 173 y luego 15 km por caminos vecinales, para llegar a acceso a servidumbre de paso que lleva al campo. Total aproximado desde ciudad de Artigas, 64 km. 600 metros.
Ubicación por coordenadas:
30°49’13.6″S 56°23’30.5″W
Superficie: 249 Hectáreas 1.126 m2
Indice productividad: 56
Indice Coneat: 50
Uso: pastoril ganadero.
Cuenta con alambrados en regular estado.
Cuenta con cauce de agua (arroyo).
Detalle:
DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)
Al 09/10/2023 según información brindada por Intendencia de Artigas.
QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria:
Debe $ 343.063.- (aprox. US$ 9.030.-).
Paga anualmente según último ejercicio $ 42.000.-
Primaria:
Debe $ 62.890.- (aprox. US$ 1.650.-)
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 2.798.-
PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en US$
CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo con letra de cambio o transferencia bancaria en el acto de remate.
En caso de abonar con transferencia deberá gestionar en su Banco antes de la subasta las habilitaciones necesarias para poder realizarla en el mismo acto de remate.
¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Sugerimos hacer la letra por el 40% de forma de quedar cubierto.
¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.
LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC).
VISITAS, OCUPANTES.
Se desconoce el estado de ocupación.
La hipoteca específicamente prohíbe arrendar sin consentimiento por escrito del acreedor, el cual nunca fue concedido (Artículo 2 de la Hipoteca).
DATOS DEL JUZGADO
Juzgado Letrado Civil 3°T° IUE 24-46/2019
Pasaje de los DDHH 1309, piso 3, Palacio de los Tribunales, Montevideo.
Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 3º Turno, dictada en autos: “SCOTIABANK URUGUAY S.A. c/ GUTIERREZ PAZ, MARIA y otros – EJECUCIÓN DE CRÉDITO HIPOTECARIO-” IUE 24-46/2019, se hace saber que el 22 de noviembre de 2023 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el/la Sr/a. ALGUACIL del Juzgado, se sacará a la venta en pública subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor el siguiente bien inmueble: campo ubicado en el Departamento de Artigas, Localidad Catastral 3ª Paraje “La Bolsa”, (antes 3ra Sección Judicial); zona rural; empadronado con el número 7.366 antes en mayor área con el número 1.540, el que según plano de mensura del Agrimensor Francisco Javier Berrutti Menendez; inscripto en la Oficina Delegada de Catastro de Artigas con el número 2060, el 23 de agosto del 2010, se señala como Fracción 3; del que surge un área de 249 hectáreas 1126 metros y se deslinda así:1317 metros 66 centímetros al Suroeste lindando con parte del padrón 1538; 1003 metros 41 centímetros al Noroeste lindando con parte del padrón 4782; al Noreste 1999 metros con 02 centímetros también lindando con parte del padrón 4782 y parte del 4783 y al Sureste de 2499 metros con 98 centímetros al Suroeste lindando con fracción 4 actual padrón 7367 y parte de la fracción 2 hoy padrón 7365. – SE PREVIENE QUE: 1º) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura, siendo también de su cargo la comisión del rematador más IVA y tributos que la ley le impone, debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare los montos establecidos en las leyes 19.210 en la redacción dada por la ley 19889, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta.- 2) A la fecha se desconoce la existencia de deudas ante organismos nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble, su situación ocupacional y estado de conservación. 3) Se desconoce situación contributiva del inmueble en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. 4) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria, devengada hasta la fecha del remate, pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto.5) Serán de cargo del expediente la devolución de los impuestos parte vendedora de ITP y eventual IRPF que abone el mejor postor para la inscripción de la escritura traslativa del demonio. 6) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales, ni por la Semana de Turismo.- 7) Del certificado de Dirección Nacional de Minería agregado al expediente, resulta un trámite de Prospección de la empresa Monte Cimarron SA que afecta 185 has, 2100 m2, 8) Se desconoce si el predio a rematar posee explotación agropecuaria, industrial, ganadera o industrial, y si posee alambrado. 9) Del certificado de Propiedad. Inmueble de Artigas resulta inscripción de arrendamiento del año 2016 con plazo de 2 años. 10) Según certificado notarial agregado a fojas 41 el inmueble no se encuentra obligado a conectarse a la red pública de saneamiento por ser baldío y que por el mismo no existen deudas por concepto de alcantarillado y/o agua; así mismo se certifica en dicho documento que el bien no se encuentra en zona medioambiental o área protegida. 11) Se desconoce si la Intendencia de Artigas hará uso del derecho de preferencia, en virtud de que esta no se expide de existir adeudos municipales, como es el caso.12) Se remata en las condiciones jurídicas, fiscales y materiales que surgen del expediente y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos Nº 1309 piso 3, de la ciudad de Montevideo siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria debiendo tener presente el art. 390 del C.G.P. Montevideo, 03 de octubre de 2023. PABLO GERARDO CARABALLO LEMAS, Actuario.
INFORMES:
ASSAD REMATES
assad@remate.com.uy
www.assad.com.uy
CONVENCION 1343 ESC. 1112 – MONTEVIDEO
Tels. 2900 3099 – 2900 4620 Cel. 092 50 55 55