Buen Apartamento de dos dormitorios en el límite del Prado y Sayago

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S

BUEN APARTAMENTO DE DOS DORMITORIOS EN EL LÍMITE DEL PRADO Y SAYAGO

MARTES 9 DE OCTUBRE A LAS 14:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

Padrón 188045/202, integra el “Edificio Orticochea”, en calle María Orticochea 4568, entre Molinos de Raffo y Benito Alvarez.

¡Muy buena oportunidad!

Muy cómodo, 57m² de superficie, al frente, luminoso, con dos terrazas, buenas condiciones de seguridad. De económico mantenimiento. Con locomoción colectiva cercana. Una inversión segura.

Seña 30% – Comisión e Iva 3,66% – en letra de cambio o transferencia bancaria .

Expte: IUE 2-38034/2016 tramitado en paz 6º, Zabala 1367 piso 3.

Plano

EDICTO: Por disposición del Señor Juez de Paz Departamental de la Capital de 6º Turno, dictada en los autos “Edificio Orticochea c/ Doldan Rodríguez, Dora – Juicio Ejecutivo Común”, IUE 2-38034/2016, se hace saber que el Martillero Julio Pérez Castellanos (Matrícula 5351, Rut 213696270018), subastará, en diligencia a presidir por la Señora Alguacil de la Sede, el día 9 de octubre de 2018 a partir de las 14y30 horas, en el local de Avda. Uruguay 826, en Dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal nº 202, que forma parte del edificio incorporado al régimen de la ley 10.751 a través de la ley 13.870 según plano, y leyes 14.261 y 14.262 según Reglamento de Copropiedad, ubicado en la localidad catastral Montevideo, antes 21ª Sección Judicial del departamento de Montevideo, empadronado con el número 188.045 (padrón matriz), antes empadronado en mayor área con el número 53.857, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrimensor Joaquín E. Mascaró, de julio de 1971, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional el 28/7/1971 con el número 66.608, tiene una superficie de 544 m2 68 dm2, con 15 mts 13 cms al Suroeste de frente a la calle Laguna Merín (hoy María Orticochea, puerta de acceso número 4568 según datos que surgen del Reglamento de Copropiedad), distando el punto más próximo de su frente 32 mts 35 cms de la esquina que forma con la calle Benito Álvarez. Dicha unidad se ubica en el segundo piso a cota vertical más 6 mts 70 cms, está empadronada individualmente con el número 188.045/202, tiene una superficie de 57 m2 3073 cm2 y le corresponde el uso exclusivo de los bienes comunes Balcón “D2” y Terraza “E2”. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar al aceptársele su oferta, en letra de cambio o mediante transferencia bancaria, el 30% de la misma en carácter de seña, y pagar la comisión de compra del Rematador más Iva: 3,66% del precio de remate. Asimismo, deberá depositar el saldo de precio dentro de los veinte días corridos contados desde el día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo (Art. 387.2 literal f del CGP). Ambos depósitos deberán realizarse y documentarse con sujeción a las exigencias del Art 40 de la ley 19210 y decretos reglamentarios. Oportunamente deberá acreditar haber depositado el saldo, proponer escribano y gestionar el otorgamiento de la escritura dentro del plazo de 30 días bajo apercibimiento legal (Art. 387.7, incisos finales). 2) Serán de cargo del adquirente los gastos de escrituración e impuestos que la ley pone a su cargo, así como la comisión de compra del Rematador e impuesto. 3) Será de cargo de la demandada la comisión de venta del Rematador más Iva: 1,22% del precio. 4) No obra agregado el último título sino testimonio expedido conforme al Art. 384 del CGP de la escritura de compraventa autorizada por el Esc. Federico Carlos Pascual el 27/10/1955, cuya primera copia fue inscripta en el Registro de Traslaciones de Dominio de Montevideo el 4/11/1955 con el número 437 al folio 317 del libro 468, según surge del Certificado registral número 599214. 5) Se desconoce el estado ocupacional del inmueble y su situación de deudas frente al BPS por aportes a la construcción. El inmueble mantiene deudas por Contribución Inmobiliaria, Tributos Domiciliarios, Tarifa de Saneamiento e Impuesto de Enseñanza Primaria. 6) Sólo podrá descontarse del precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria (Art. 389 del CGP) hasta la suma concurrente. 7) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente y documentación proporcionada como titulación, la que se halla a disposición de los interesados en la sede judicial: calle Zabala 1367 piso 3 (sobre número 263). A los efectos legales se hace esta publicación. Montevideo 12 de setiembre de 2018. Dra. Fabiana Odriozola Larre, ACTUARIA JUZGADO DE PAZ.

INFORMES:
JULIO CESAR PEREZ CASTELLANOS
rematadorperezcastellanos@gmail.com

Cel. 099 699 941