
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MIÉRCOLES 18 DE MARZO 14 HORAS
En CASA ROSADA EN DODERA Nº 869
ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ – MALDONADO
APARTAMENTO EN PUNTA DEL ESTE
EDIFICIO “MARE NOSTRUM”
Unidad 114 y bienes comunes que le acceden
Superficie 63 m²
Uso exclusivo del balcón “Q-Uno” 3,53 m²
Seña 30% – Comisión e impuestos 3,66%

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Maldonado de 3° Turno, dictada en autos: “EDIFICIO “MARE NOSTRUM”C/AVEIRO MARÍAEJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 294-1164/2019, Por disposición del Sr. JUEZ de PAZ DE 3er. TURNO de MALDONADO, dictado en autos caratulados “EDIFICIO MARE NOSTRUM C/AVERIO María “EJECUCION HIPOTECARIA IUE 294-1164/2019”, se hace saber que el próximo miércoles 18 de Marzo de 2026 a la hora 14:00, en Local Casa Rosada, ubicado en la calle Dodera No. 869, entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por el Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en PESOS URUGUAYOS del siguiente bien Inmueble: Unidad 114 y bienes comunes que le acceden, del Edificio “Mare Nostrum”, sito en la Localidad Catastral Punta del Este, antes primera sección Judicial del Departamento de Maldonado, padrón matriz mil setecientos cincuenta y dos, que según plano de mensura y división del Agrimensor Raúl Bianchi de diciembre de 1974, inscripto en la Oficina departamental de Catastro de Maldonado el 29 de abril de 1976, con el número 7052, se compone de una superficie total de cuatro mil setenta y siete metros, cinco mil trescientos cincuenta centímetros con 119 metros de frente al Sureste a la calle de diecisiete metros, hoy Rambla Lorenzo Batlle. Dicho terreno corresponde a la fusión de siete solares señalados con los números quince a veintiuno inclusive, en el plano del Agrimensor Jaime E. POU de Junio de 1941, inscripto en la Oficina Técnica Departamental de Empadronamiento de Maldonado, con el número 93, el 27 de Junio de 1941, empadronados con los números 1752 al 1758 inclusive. La unidad 114 está empadronada individualmente con el numero Un mil setecientos cincuenta y dos barra ciento catorce (1752/114), y según plano de mensura y división del Agrimensor Raúl Bianchi de febrero de 1977, aprobado por la Intendencia Municipal de Maldonado el 11 de Agosto de 1977 e inscripto en la Dirección General de Catastro con el numero 4293, el 27 de setiembre de 1977, se ubica en el primer piso, a cota vertical mas 4 metros 19 centímetros, tiene una superficie de sesenta y tres metros veintiséis decímetros (63 m 26 dm), correspondiéndole el uso exclusivo del balcón “Q-Uno”, con 3 metros 53 decímetros de superficie. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en pesos uruguayos. 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) El Estudio de títulos se realizó con testimonio del título. 5) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 6) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000 de UI. (Unidades Indexadas). 8) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate. (Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria), se desconoce si existen deudas por otros conceptos. 9) La Documentación sustitutiva del título por no haberse agregado los originales, se encuentra a disposición de los interesados en la Sede de autos, el bien se remata en las condiciones que resultan del expediente y documentación agregada, debiendo tenerse presente lo dispuesto por el artículo 390 del C.G.P.; serán de cargo del adquiriente los gastos de escrituración, honorarios y certificados. 10) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial, Diario Local y en la página del Poder Judicial. Maldonado, 18 de febrero de 2026 – VICTORIA ELIZABETH PRIETO OLIVERA, Juez Paz Dptal. Int.
INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
rematadorgalvarez@vera.com.uy
Cel. 099 817 621