
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
JUEVES 30 DE OCTUBRE 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
APARTAMENTO EN POCITOS
Escritorio, unidad 002, 63 m² – Padrón: 28728/002
Calle: Avda. Gral. Rivera y Ponce
IDEAL PARA RENTA
Seña: 30 % – Comisión: 3,66 % Imp. Inc. Transferencia o letra de cambio.






EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 5º Turno, dictada en autos: “SOUTO WLODEK, ANDRES c/ OLASCOAGA CADENASSO, JAVIER – CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (ART. 370 CGP)” IUE 2-95926/2023, Se hace saber que el próximo Jueves 30 de octubre de 2025 a partir de la hora 13:30 en (ANRTCI) sito en Avda. Uruguay 826, y por intermedio del martillero FEDERICO SILVEIRA ABU ARAB RUT 217.22.16.90.015, Mat. 6850 y presidido por la Sra. Alguacil del juzgado, se sacará a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en pesos uruguayos el siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal Nº 002 sito en un solar de edificio y demás mejoran un solar de terreno con edificio y demás mejoras que le corresponden, ubicado en el Departamento de Montevideo, localidad catastral en Montevideo, zona urbana empadronado con el número 28728, que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agr. Darío Ferrari de junio de 1982 inscripto en la DNC con el Nº 2346, el 2/3/1983 tiene una superficie de 631 m 66 decímetros de frente a la Av. Gral. Rivera. LA UNIDAD 002. (ESCRITORIO), padrón individual 28728/002, según el Mencionado plano cotejado por la IMM. El 9 del dos de 1983 se ubica en planta baja a cota vertical + 0m. 05cm y tiene una superficie de 63m 46 dm y le corresponde el uso exclusivo de los bienes comunes, terraza SY terraza M. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de seña y abonar además la comisión más Iva al Rematador, es decir el 3.66% todo en el acto de serle aceptada la postura y por los medios de pago previstos por la ley 19210 y 19478, en la redacción dada por la ley 19889 modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. 2) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta al rematador del 1.22%. 3) En el acto del Remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio de conformidad con lo dispuesto por art 71 del CGP (domicilio real y procesal electrónico judicial). 4) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la sede en el plazo será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de notificación del auto probatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni semana de turismo de conformidad con lo dispuesto por el literal F del art 387,2 del CGP en la redacción dada por la Ley 19090. En caso de estar el mejor postor exonerado de seña y/o del precio, igualmente deberá pagar la Comisión del Rematador y los gastos del Remate. 5) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 6) Que solo son imputables al precio los tributos adeudados por el ejecutado y que sean necesarios para la escrituración, esto es Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria generados hasta la fecha del remate. 7) Que el ITP e IRPF de la parte enajenante, si correspondiere se reintegraran luego de escriturado y con las constancias correspondientes. 8) Se sabe que la unidad tiene deudas tanto nacionales como departamentales que afecten el bien inmueble. 9) Se desconoce el estado ocupacional y de conservación del bien, regularidad de las construcciones art 71 ley 18308, situación contributiva ante BPS. 10) La subasta se realiza en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Palacio de los Tribunales, en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art 390 inc final del CGP siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria y lo dispuesto por la Ley 19574 Lavado de activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, dejándose constancia de que se libra el presente conforme información arrojada por certificados de Registro de la Propiedad, Registro Nacional de actos Personales y Registro Nacional de Comercio ampliados al 30 de setiembre de 2025. Montevideo, 03 de octubre de 2025 – ALEXANDRA SABRINA MACHADO RUSU, Actuario Adjunto
INFORMES:
FEDERICO SILVEIRA ABU ARAB
silveiraremates@gmail.com
www.silveiraremates.com
Cel. 094 311 188