Apartamento en Parque Rodó

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 4 DE DICIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

APARTAMENTO EN PARQUE RODÓ
MONTEVIDEO

EDIFICIO “L´UNIVERSITARIE”

UBICADO SOBRE LA AVDA. GONZALO RAMIREZ N° 2060
ENTRE LAS CALLES PABLO DE MARÍA Y JOAQUÍN DE SALTERAIN

UNIDAD 301 – PADRÓN 421012

ÁREA 67,52 m² + 9 m² TERRAZA


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15º Turno, dictada en autos: “BANCO SANTANDER S.A. c/ CUELLO BARRETO, DANIEL – EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 2-43780/2019, el próximo 4 de diciembre de 2024, a las 14 y 30 horas el martillero publico Michael Hugo WOLF – Mat.1454- en el local de la ANRTCI sito en la Av Uruguay Nº826 -procederá asistido del Alguacil de la Sede quien Presidirá el Acto- a la venta en pública subasta sin base, al mejor postor y en dólares americanos del siguiente bien inmueble :Unidad de propiedad horizontal 301, empadronada individualmente con el numero cuatrocientos veintiún mil doce barra trescientos uno (421.012/301) el cual conforme al Plano de mensura y Fraccionamiento Horizontal del Ingeniero Agrimensor Oscar Weistal de mayo de 2009 e inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 9 de junio de 2011 con el número 44.088, se ubica en el tercer piso a cota vertical más 8,51 metros y tiene una superficie de sesenta y siete metros cincuenta y dos decímetros (67,52 metros) y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: Terraza D3 y forma parte del Edificio que fue construido en un solar de terreno sito en la segunda sección judicial del departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, empadronado con el numero cuatrocientos veintiún mil doce (421.012) resultante de la fusión de los padrones números 92,787 y 92.788, según el plano antes citado, consta de una superficie de quinientos treinta y un metros sesenta y siete decímetros (531,67 metros) y se deslinda así: 19,42 metros de frente al norte a Avenida Gonzalo Ramírez entre las calles Pablo de Maria y Dr. Joaquín de Salterain, distando el punto más próximo de su frente 10,72 metros de la esquina que forma con la primera de las nombradas. El Edificio que se denomina “L universitarie” fue construido de acuerdo al régimen de propiedad horizontal ley 10.751, según permisos de construcción 4113-018947- 05, 4113-018947-06 y 4113-019430-07 aprobados por la Intendencia de Montevideo el 26 de diciembre de 2005, 22 de diciembre de 2006 y 20 de diciembre de 2007 respectivamente. SE PREVIENE:1) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiere en ella; 2) Solo se podrá descontar del precio de remate las deudas que existieran por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, imputándose al mismo, hasta la fecha del remate; 3) Se podrá imputar al precio del remate el 2% del ITP e IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente;4) En la Sede se encuentra depositada la titulación y antecedentes dominiales y certificados registrales, los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados, debiéndose tener presente el art.390 CGP inciso final;5) En el acto del remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art 71 del CGP(domicilio real y procesal electrónico judicial); 6) Serán de cargo del adquirente los gastos de títulos, honorarios, certificados , tributos, impuestos y demás que la ley ponga a su cargo; 7) Será de cargo del expediente, la comisión de venta del Rematador mas IVA o sea 1% más IVA.-H) El mejor postor deberá consignar el 25% del precio ofertado en concepto de seña así como la Comisión del martillero que asciende al 3% más IVA sobre el precio martillado, ambas en el acto y por los medios de pago autorizados -leyes 19210 y 19.574, en la redacción dada por la Ley 19.889- ,debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo; I) Se previene el art 386 CGP.- A los efectos legales se efectúa la publicación del presente Montevideo, 12 de noviembre de 2024. PATRICIA MARTA LECUNA MARTÍNEZ, Actuario Adjunto.

INFORMES:
MIGUEL HUGO WOLF PHILIPPS
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Tels. 2505 1407