REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $ MIÉRCOLES 25 FEBRERO 11:30 HORAS En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
APARTAMENTO EN BARRIO PALERMO APTO. 206, SEGUNDO PISO INTERIOR
SUPERFICIE 42 m² PADRÓN Nº 2311 – Montevideo
Excelente ubicación, calle Cebollatí 1635/206 esquina Dr. Lorenzo Carnelli y Minas Ant.: Juez Dptal. de la Capital de 2º Turno – IUE 2-85947/2023 Seña: 30% – Comisión 3% más IVA
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 2º Turno, dictada en autos: “EDIFICIO CEBOLLATI c/ PEREZ SICA, ELENA – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-85947/2023, Se hace saber que el día 25 de Febrero de 2026 a las 11:30 horas en el local de la ANRTCI sito en Av. Uruguay 826, se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO, mat. 5148, RUT 21 300524 0012, asistido de la Señora alguacil a la venta en pública subasta, sin base en moneda nacional y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal 206, empadronada individualmente con el número 2311/206, que según plano de mensura de Agrimensor Oscar Weistal de diciembre de 1987, cotejado por la división Capital del Departamento de Propiedad Horizontal de la Dirección General de Catastro Nacional, el primero de marzo de 1988 e inscripto en la citada dirección con el numero 12328 el 7 de abril del mismo año, se ubica en el segundo piso, a cota vertical más 7,62 metros, y tiene una superficie de 41 metros con 89 decímetros. La unidad citada forma parte del edificio construido sobre el solar de terreno sito en la Localidad Catastral y departamento de Montevideo, zona urbana, padrón matriz 2311, el que según el plano mencionado tiene una superficie de 480 m 50 dm (según título 480 m con 77 dm) y da su frente 11,20 metros al sur a la calle Cebollati entre las calles Doctor Lorenzo Carnelli y Minas, distando su punto extremo del frente 31,84 metros a la esquina que forma con la calle Minas, estando su puerta de acceso señalada con el número 1635. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% del porcentaje de su oferta, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la postura así como la comisión del rematador más iva. (3,66%). Dicho pago deberá realizarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y Decretos reglamentarios. Serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios e impuestos que la Ley pone a su cargo. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea 1,22% del precio. 3) Que se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones, como así también la situación tributaria, estado de deudas ante diferentes organismos, (BPS, DGI, Intendencia de Montevideo, etc.) así como la situación respecto a los Gastos Comunes. 4) Tiene deuda de Contribución Inmobiliaria, Tasa General Municipal e Impuesto de Enseñanza Primaria. 5) El estudio de títulos se formuló en base a primeras copias de escrituras de los antecedentes. 6) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del primer día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo, La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 7) Solamente podrán descontarse del saldo de precio la Contribución Inmobiliaria y el Impuesto de Enseñanza Primaria hasta la fecha de la escrituración, en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originare, los cuales serán asumidos por quien resulte mejor postor en el remate. El ITP de la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración, siempre que exista saldo suficiente. 8) Los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone a su cargo, serán asumidos por el adquirente. 9) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar, previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 10) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada al mismo, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado OFGECEN, sito en la calle 25 de Mayo 500 segundo piso de la ciudad de Montevideo. Montevideo, 09 de febrero de 2026. MARÍA CECILIA ARGÜETA ETCHICHURY, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.
INFORMES: MARIO SANTIAGO MOLINA ALONSO rematesmolina@gmail.com www.estudiomolina.uy Tels. 099 634 318