Apartamento en Complejo Habitacional Unidad Centenario, próximo a Antel Arena

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 25 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

COMPLEJO HABITACIONAL

UNIDAD CENTENARIO

Damaso. A. Larrañaga 3925, Unidad 305 Block H
A pocos metros del Antel Arena
Superficie 51 m² – 61 dm²

Con 2 dormitorios

Vigilancia 24 hs., cámaras de seguridad, salón para eventos, juegos para niños, cancha de
básquetbol, lugar seguro para motos, jardinero, locales de comercio. ¡Y mucho verde!

SEÑA 30% – COM. E IVA 3,66%

VOLANTE (PDF)

CÉDULA CATASTRAL (PDF) 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 7º Turno, dictada en autos: “COMPLEJO HABITACIONAL UNIDAD CENTENARIO. c/ ROCCO PADULA, OLGA y otro – EJECUCION DE HIPOTECA RECIPROCA” IUE 2- 23737/2020, se hace saber que el próximo 25 de noviembre a las 14 y 30 horas en el salón de la ANRTCI, calle Uruguay 826, Montevideo, el martillero Elbio Araújo (RUT 210338700013, Mat. 1874), presidido por la Sra. Alguacil de la Sede, sacará a la venta en subasta pública sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses el siguiente bien: inmueble sito en el departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, empadronado con el N° 403.900/H/305, el que forma parte del bien inmueble padrón N° 403.900, se describe conforme al plano de Mensura y fraccionamiento horizontal del Agrimensor Oscar Nelson Gepp de Enero de 1970, cotejado por la Dirección de Edificación de la Intendencia Municipal de Montevideo, el 27 de julio de 1972 e inscripto en la Dirección General de Catastro con el Número 69.464 el 9 de agosto del mismo año; según plano tiene una superficie de 31.004 m 7 dm y se deslinda así: por el oeste dos rectas de 45 m 92 cm y 209 m 21 cm de frente a la calle Madreselva; por el norte 114 m 30 cm también de frente a la Avenida de Cincuenta Metros, unida a la alineación anterior por ochava recta de 10 m y por ochava curva con desarrollo de 8 m 38 cm, que une a curva con un desarrollo de 111 m y 92 cm y recta de 185 m y 90 cm que son también de frente al este a la Avenida Dámaso Antonio Larrañaga (ex 31 de Marzo). La unidad mencionada según el plano citado, pertenece al Edificio “H” y se ubica en el tercer piso a cota vertical más 8,50 cm y tiene una superficie individual de 51 m 61 dm.- SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá abonar el 30% de su oferta en el acto al serle aceptada la que deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios así como abonar la comisión e impuestos del rematador totalizando el 3,66% del precio de remate.- 2) Serán de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador o sea el 1.22% del precio.-3) El estudio de títulos se formuló en base a testimonios notariales por exhibición. 4) Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones, como así la situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, IMM, etc.).- 5) Tiene deuda de impuesto de Enseñanza Primaria, Contribución inmobiliaria, tributos domiciliarios y tarifa de saneamiento, desconociéndose la existencia de otras deudas.- 6) El inmueble no cumple con el Art. 178 de la Ley 17.296 (declaración jurada de caracterización urbana). 7) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la Ferias Judicial ni por Semana de Turismo, que se deberá depositar en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede.- La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210 en la redacción dado por la ley 19.889, modificativas y decretos reglamentarios.- 8) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate; en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resulte mejor postor en el remate.- El ITP de la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración, siempre que exista saldo suficiente.- 9) Los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente.- 10) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308.- 11) La subasta se realiza en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en la OFGECEN, 25 de mayo 500, Segundo Piso, Montevideo.- A los efectos legales se hacen estas publicaciones, habiéndose tenido a la vista las ampliaciones de los Certificados Registrales Nº3080481, 3183322 y 3080498 al día 28/10/2025. Montevideo, 04 de noviembre de 2025 – VERÓNICA MARIELA MERLANO CONDE, Actuario de Jdos. de Paz

INFORMES:
ELBIO ADHEMAR ARAUJO PIRRO
araujoremates@hotmail.com
www.araujosubastas.com.uy
Cel. 099 192 310