REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MARTES 10 DE NOVIEMBRE 14:30 HORAS En CASA ROSADA EN DODERA Nº 869 ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ – MALDONADO
CLUB DEL LAGO MUY BUEN TERRENO DE 1041 m²
LOCALIDAD PUNTA BALLENA – MALDONADO
RUTA INTERBALNEARIO KM. 116
PADRÓN 2.841 CALLE LAGUNA DEL SAUCE ENTRE LAGO DE JOUX Y LAGO MICHIGAN
CONDICIONES: SEÑA 30% COM. E IMP AL COMPRADOR 3,66%.
ANTECEDENTES: JDO.LETRADO DE 5 to. TURNO DE MALDONADO. IUE 2-75754/2022
INFORMES CEL 099 279772
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5º Turno, dictada en autos: “IDM c/ TORRES JUAN O JORGE y otra. JUICIO EJECUTIVO TRIBUTARIO” IUE 2-75754/2022, se hace saber que el próximo 10 DE NOVIEMBRE DE 2026 a partir de las 14:30 hs. en El local denominado “LA CASA ROSADA” DODERA 869 entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659, RUT 100087950010, en diligencia presidida por la Señora lguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses, y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno baldío sito en la localidad catastral PUNTA BALLENA, departamento de Maldonado, multimedia zona urbana, empadronado con el número DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO (2.841) , señalado con el número 2 de la manzana “A3”en el plano de mensura y fraccionamiento del agrimensor Eduardo de los Campos, de agosto de 1980, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el número 255 el 30 de octubre de 1980, tiene una superficie de 1.041 metros 54 decímetros y se deslinda así al Sureste 11 metros 26 centímetros de frente a Avenida Costanera, al Suroeste 40 metros lindando con pasaje que lo separa del solar 1, al Noroeste 21 metros 26 centímetros lindando con parte del padrón número 11.073 y al Noreste 50 metros lindando con solar tres, todos de la misma manzana y plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta, a cuenta del precio final, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la misma, así como la comisión de compra del rematador e impuestos (o sea el 3,66% del precio del remate). 2) Dichos pagos deberán realizarse en el acto, y si el monto total de los rematado supera el límite de restricción para pagos en efectivo se deberá realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el artículo 35 de la ley 19.210 en la redacción dada por el artículo 3 de la ley 20. 469 de U.I. 200.000 (unidades indexadas doscientos mil) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza 3) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias y testimonios por exhibición de la titulación agregados en autos y de la información registral adjunta. 4) Se desconoce el estado de ocupación y de conservación del bien 5) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y la comisión del Rematador impuestos o sea el 3,66% del precio de Remate y de cargo del expediente (ejecutado) por comisión impuestos el 2,22% del precio de Remate. 6) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 7) La documentación disponible relativa al bien a rematarse se encuentra en la Sede de este Juzgado donde podrá ser examinada por los interesados. 8) Los rubros imputables del precio del remate, hasta la suma concurrente, son el Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria hasta el día anterior de la escritura, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. Y a los efectos legales se hace una publicación en diario oficial, diario local y red informática del Poder Judicial Maldonado, 05 de octubre de 2026. -ANALÍA DE CUADRO RODRIGUEZ, Actuario Adjunto