3 excelentes padrones: apto. y garaje en Cordón y otro apto. con garaje en La Blanqueada

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 5 NOVIEMBRE 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

¡OPORTUNIDAD DE NEGOCIO!
3 EXCELENTE PADRONES
APARTAMENTO Y GARAJE EN CORDÓN
(Se rematan por separado).
Calle Colonia 2076 entre Joaquín Requena y Martín C. Martínez.

a) Padrón 21334/103 – 31 m² 85 dm²
Con Terraza Q1 44 m²
La terraza Q1 cuenta con parrillero.

b) Padrón 21334/008 – 9 m² 68 dm²
Edificio de calidad constructiva, ubicado en zona estratégica del Cordón,
a 1 cuadra de 18 de julio a pocas cuadras de Tres Cruces.

APARTAMENTO de 2 DORMITORIOS CON GARAJE EN LA BLANQUEADA.
Edificio “TORRE MODELO”, ubicado en Avenida Batlle y Ordóñez
3090 entre Avda. Dámaso Antonio Larrañaga y Monte Caseros.

Edificio construido por Campiglia cuenta con videovigilancia y
salón de usos múltiples.

c) Padrón 166.418/405 – 42 m² 15 dm²
Le corresponde el uso exclusivo Terraza E4 y cochera 27 del Estacionamiento
G, planta baja de muy fácil acceso

 


 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “BERTSCH, ROBERTO c/ PASTORINO MENENDEZ, MÓNICA y otro – EJECUCIÓN HIPOTECARIO, IUE 2-110552/2023, Por disposición del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno de la Capital; dictado en autos caratulados “BERTSCH, ROBERTO c/ PASTORINO MENENDEZ, Mónica y otro. EJECUCION HIPOTECARIA” IUE 2-110552/2023, se hace saber que el próximo 5 de noviembre de 2026, a las 13:30 hs, en Avenida Uruguay 826 de esta ciudad (local de la Asociación de Rematadores); se procederá por intermedio del martillero Lorenzo Hernández Möller, matrícula 5605, RUT 130092730017, asistido por la señora Alguacil de la sede, a la venta, en subasta pública, sin base, al mejor postor, en dólares estadounidenses, sin perjuicio de las facultades otorgadas al Sr. Rematador por la ley Nº 19.090 Art. 386, el siguiente bien inmueble: I) Unidad de propiedad horizontal número CIENTO TRES (103), padrón individual número VEINTIUN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BARRA CIENTO TRES (21334/103) sita en el departamento de Montevideo, que según plano proyecto de mensura y fraccionamiento del Ingeniero Luis Gonella de agosto de 2000, cotejado por el área de propiedad horizontal de la Dirección General de Catastro Nacional el día 6 de abril de 2001, inscripto en la Dirección General de Catastro el día 17 de abril de 2001 con el número 1785, se ubica en primer piso, a cota vertical más 3 metros 40 centímetros, tiene una superficie de treinta y un metros ochenta y cinco decímetros, y le corresponde el uso exclusivo de terraza G1 y Q1 (bienes comunes). II) COCHERA CERO CERO OCHO (008), padrón individual número VEINTIUN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BARRA CERO CERO OCHO (21.334/008), que según plano citado se ubica en planta baja cota vertical más 0 metro 20 centímetros y más 1 metro, superficie NUEVE METROS SESENTA Y OCHO DECIMETROS. Dichas unidades forman parte del Edificio GREEN TOWER, construido en un terreno sito en la ciudad de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz número VEINTIUN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO (21334), que según plano citado tiene una superficie trescientos veintitrés metros sesenta y tres decímetros, que da su frente al norte a la calle Colonia en 9 metros 34 centímetros, entre las calles Requena y Martín C. Martínez, distando el extremo más próximo de dicho frente 47 metros 76 centímetros del comienzo de la intersección formada con la última nombrada. El edificio se construyó según permiso de construcción número 4113-014152-00. Rige a las unidades la ley número 10751 y 14261, capítulo III, y el Reglamento de copropiedad, autorizado por el escribano Pedro Mondada el día 29 de mayo de 2001, primera copia inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo con el número 18107 año 2001, que las partes conocen y aceptan. III) Unidad de propiedad horizontal número CUATROCIENTOS CINCO (405), padrón individuali número CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO BARRA CUATROCIENTOS CINCO,(166.418/405),sita en el departamento de Montevideo que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal, del Agrimensor Huáscar Cambón Calafat, de julio de 2016, incorporación según artículos 18 y 19, de la ley número 18795 y 10751, y decreto reglamentario 695/83 797/2012, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el número 48671, el día 6 de septiembre de 2016. Se ubica en cuarto piso a cota vertical más 10.95 metros, y tiene una superficie de CUARENTA Y DOS METROS QUINCE DECIMETROS, y le corresponde el uso exclusivo de terraza TE4 y cochera número 27, del estacionamiento G en planta baja. Dicha unidad forma parte de un Edificio, TORRE MODELO, sito en la ciudad de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, que según plano citado, tiene una superficie de mil cuatrocientos seis metros y da su frente al suroeste, a la Bulevar Batlle y Ordóñez, en 29 metros 95 centímetros. Rige el Reglamento de copropiedad, según escritura autorizada por la escribana Sandra Citera el día 8 de diciembre de 2016, primera copia inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo con el número 43830 año 2016. El edificio se construyó de acuerdo a las normas de propiedad horizontal, ley número 10751, 18795, decreto 355/011 y concordantes, promovido por el Ministerio de vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conforme al expediente 00414/2013, AD 48/2013 resolución de fecha 18 de marzo de 2013, se construyó según permiso de construcción número 4113- 019539/13 aprobado el día 17 de febrero de 2014, formalizado el día 5 de marzo de 2014, y número 4113-011807/13 aprobado el día 6 de setiembre de 2013.SE PREVIENE: A) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de remate una cifra no inferior al 30% de la oferta efectuada y el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo; tanto la seña como el saldo de precio se abonaran con medios de pago admitidos por la Ley de Inclusión Financiera, en todo lo que refiera a las leyes 19210 y 19574 en la redacción dada por la ley 19889 y decretos reglamentarios.- B) Se desconoce el estado ocupacional de los bienes en la actualidad. C) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante BPS e Intendencia de Montevideo. D) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. E) Sólo se podrá descontar del precio de remate, deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha del remate y al momento de la integración del precio, no pudiéndose incluir en tales conceptos los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados, los cuales serán asumidos por el mejor postor. F) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia de Montevideo el certificado correspondiente al Derecho de Preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. G) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296. H) Se desconoce la existencia de adeudos por gastos comunes. I) En la Sede se encuentra depositado los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente y documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados. Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9º Turno de la Capital Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Primer Piso, J)- El mejor postor deberá tener presente lo dispuesto por el artículo 390 inciso final del CGP. Montevideo, 16 de octubre de 2026. -VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto

INFORMES:
LORENZO JAVIER HERNANDEZ MÖLLER
lorenzohm1@gmail.com
Cel. 099 706 414