
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
VIERNES 20 DE NOVIEMBRE 14 HORAS
En 18 DE JULIO 675 SAN CARLOS – MALDONADO
BUEN TERRENO
EN BALNEARIO BUENOS AIRES
DEPTO. MALDONADO
Padrón 4131 / 450 m²
Seña 30% DEL PRECIO TOTAL EN PESOS URUGUAYOS, más COMISIÓN E IMP. 3,66%
EN EL ACTO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo, establecido por la ley No. 19210 y sus
modificaciones.



EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz 6ª Sección de Maldonado, dictada en autos: “INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADOC/MOIRON CORRAL, MANUEL FELIX Y OTROSVIA DE APREMIO” IUE 299-217/2022, se hace saber que el próximo Viernes 20 de Noviembre de 2026, a la hora 14:00, en las Puertas del Juzgado de la ciudad San Carlos, ubicado en la calle 18 de Julio No. 675, de la ciudad de San Carlos, se procederá a la venta sin base y en pesos uruguayos el siguiente bien Inmueble: Solar de Terreno, sito en la Localidad catastral Balneario Buenos Aires, departamento de Maldonado, manzana catastral 112, empadronado con el número Cuatro mil ciento treinta y uno (4.131), el que según el plano del Agrimensor Antonio Odizzio, de Julio y Agosto de 1938, inscripto en la Oficina Técnica Departamental de Empadronamiento de Maldonado el 26 de Octubre de 1938, con el número 104, se identifica como solar 11 de la manzana 39 y tiene una superficie de Cuatrocientos cincuenta metros (450 metros), y se deslinda así: 15 metros de frente al Suroeste a la calle 40; 30 metros al Noroeste lindando con el solar 12; 15 metros al Noreste lindando con solar 26 y 30 metros al Sureste, lindando con solar 10, todos de la manzana 39 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en pesos uruguayos. 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) Los rubros imputables al precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, debiendo solicitar para cualquier otra imputación autorización Judicial. 5) El Expediente y documentación estará a disposición de los interesados en la Oficina, se desconoce el estado ocupacional y conservación del bien. 6) Se presenta testimonio del último título de compraventa de fecha 26/12/1986. 7) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, atendiendo particularmente a la nueva redacción del artículo 35 de esta norma, en cuanto a la restricción del Uso de Efectivo. 8) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate, requiriendo para cualquier otra imputación autorización Judicial. 9) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial, Diario Local Y Página web del Poder Judicial. San Carlos, 29 de octubre de 2026 – MARÍA JOSÉ PÉREZ OLIVERA, Juez de Paz Ciudad
INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
rematadorgalvarez@vera.com.uy
Cel. 099 817 621