Buen terreno en Sauce de Portezuelo

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MARTES 29 DE SETIEMBRE 14:00 HORAS
En ITUZAINGÓ 568
PAN DE AZÚCAR
MALDONADO

BUEN TERRENO
EN SAUCE DE PORTEZUELO

Padrón 11051 / 637,50 m²

Seña 30% DEL PRECIO TOTAL EN PESOS URUGUAYOS, más COMISIÓN E IMP. 3,66% EN

EL ACTO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo, establecido por la ley No. 19210 y sus modificaciones.


EDICTO: Por disposición de la Sra. JUEZ DE LA 3ª. Sección de Maldonado, dictado en autos caratulados ”INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO c/DRAGO Armando y OTRA IUE 296-869/2021”, se hace saber que el próximo 29 de Septiembre de 2026, a la Hora 14:00, en las puertas del Juzgado de la ciudad de Pan de Azúcar, ubicado en la Calle Ituzaingó No. 568, de la ciudad de Pan de Azúcar, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en PESOS URUGUAYOS del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno, sito en la Localidad catastral Sauce de Portezuelo, departamento de Maldonado, empadronado con el número Once mil cincuenta y uno(11051), el que según plano del Agrimensor Raúl Bianchi, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 2871 el 06 de Julio de 1972, se identifica como solar 21 de la manzana 84, tiene una superficie de Seiscientos treinta y siete metros cincuenta decímetros (637 metros 50 decímetros) y se deslinda así: 15 metros al Este de frente a calle, 42,50 metros al Norte lindando con solar 19 y 20; 15 metros al Oeste, lindando con solar 16, y 42,50 metros al Sur lindando con solar 22 todos de la misma manzana y plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en pesos uruguayos. 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) Los rubros imputables al precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, debiendo solicitar para cualquier otra imputación autorización Judicial. 5) El Expediente y documentación estará a disposición de los interesados en la Oficina, se desconoce el estado ocupacional y conservación del bien. 6) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, atendiendo particularmente a la nueva redacción del artículo 35 de esta norma, en cuanto a la restricción del Uso de Efectivo. 7) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local y en la página del Poder Judicial.

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
[email protected]
Cel. 099 817 621