
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MIÉRCOLES 30 DE SETIEMBRE 11 HORAS
En PAYSANDÚ 896
MONTEVIDEO
EXCELENTE OPORTUNIDAD
EN ÓPTIMA UBICACIÓN
A 120 MTS. DE PLAZA MATRIZ
IDEAL PARA PROFESIONALES
POR SU CERCANÍA A MUCHOS JUZGADOS Y DEPENDENCIAS
COMO BPS ETC.
DIRECCIÓN: JUAN C. GÓMEZ 1479 esq. 25 DE Mayo.
Padrón 3.332/414 – SUPERFICIE 17 mts. 56 dms.
NO SE INGRESO A LA UNIDAD. PUDIMOS INGRESAR A UNO SIMILAR Y LA
DESCRIPCIÓN QUE PODEMOS INFORMAR ES LA SIGUIENTE.
Cómoda recepción con pared que independiza habitación con puerta escritorio y/o
oficina con puerta y baño. Podemos informar que la unidad que nos invoca es ultimo
del pasillo lo que determina que da a un pozo de aire por el cual tiene sol toda la
mañana , además de buena iluminación y ventilación
Las deudas las daremos a titulo informativo, es responsabilidad de los interesados
hacer directamente la consulta en los organismos respectivos.
Se informa que posible deuda de contribución y primaria se descuenta del saldo de
precio , o sea que el comprador no tiene que abonarlas . No asi tributos domiciliarios.
PAGA MENSUELMENTE $ 4.000 Se remata en moneda nacional. El dia del remate
debe abona el 30% en calidad de seña y 3.66 % por concepto de comisión e Imp..
Con letra de cambio y/o transferencia bancaria la cual deberá gestionar en su banco antes
de la subasta las habilitaciones necesarias para poder realizarla al finalizar la subasta.
DATOS DEL JUZGADO: Juzdo. De Paz Deptal. 2 Turno – IUE 2-59444/2020
INFORMES: 099 252 100 – berarmil@gmail.com



EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 2º Turno, dictada en autos: “EDIFICIO JUAN CARLOS GOMEZ c/ HOCHMAN, STEPHANIE – EJECUCIÓN DE HIPOTECA RECÍPROCA (UNIDAD 414)” IUE 2-59444/2020, se hace saber que el próximo 30 de setiembre a la hora 11 en el local de Paysandú Nº896, el Rematador MILTON BERARDI (Matr.1352 RUT: 210558290019), presidido por la Sra. Alguacil de la Sede, sacará a la venta en remate público, sin base, al mejor postor y en moneda nacional el siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal número cuatrocientos catorce (414), empadronada individualmente con el número tres mil trescientos treinta y dos barra cuatrocientos catorce (3.332/414), la que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Ingeniero Agrimensor Agustín Pintos Artigas de octubre de 1989, cotejado por la División Capital del Departamento de Propiedad Horizontal de la Dirección General de Catastro el 19/2/1990 e inscripto en la citada Dirección el 23/2/1990 con el Nº 15.490, se ubica en el cuarto piso a cota vertical más 12,39 mts y consta de un área de diecisiete metros cuadrados (17mc) cincuenta y seis decímetros cuadrados (56dm). Dicha unidad forma parte del edificio construido en el terreno sito en la localidad catastral y departamento de Montevideo (antes 3ª Sección Judicial), zona urbana, padrón matriz número tres mil trescientos treinta y dos (3.332), el que según el plano citado consta de un área de quinientos dos metros cuadrados (502mc) setenta y un decímetros cuadrados (71dm), y se deslinda así: 11,66 mts de frente al Noreste a la calle Juan Carlos Gómez, entre Cerrito y 25 de Mayo, distando su punto medio 39,96 mts de la esquina formada con la primera de las nombradas. SE PREVIENE: 1º) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30 % de su oferta en el acto de serle aceptada la misma. Será de cargo del mejor postor la comisión de compra del martillero (3%) más el IVA (0,66%), totalizando 3,66% del precio del remate, que deberá pagarse en el acto; así como los gastos escrituración, impuestos y demás que la ley pone a su cargo. 2º) Será de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador (1%) más el IVA (0,22%), que totaliza 1,22% del precio de remate; asi como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. 3º) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. 4º) Los pagos deberán realizarse por los medios previstos por las Leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios, debiendo tener especial atención a las modificaciones introducidas por la Ley 20.469. 5º) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate y todo otro gasto que autorice la sede; en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resulte mejor postor en el remate. El ITP de la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración, siempre que exista saldo suficiente. 6º) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 7º) Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones como así también la situación tributaria, estados de deudas ante distintos organismos (BPS, DGI, Intendencia de Montevideo, etc), así como la situación respecto a los Gastos Comunes. Tiene deuda de Tasa general Municipal y Contribución Inmobiliaria. 8º) El estudio de títulos se formuló en base a testimonio notarial de primeras copias de escrituras de los antecedentes. 9º) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado OFGECEN, sito en la calle 25 de mayo 500 Segundo Piso de Montevideo. Montevideo, 14 de septiembre de 2026 – MARÍA CECILIA ARGÜETA ETCHICHURY, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.
INFORMES:
MILTON BERARDI
berarmil@gmail.com
Cel. 099 252 100