
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 6 DE OCTUBRE 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
MÉDANOS DE SOLYMAR
CASA A 200 m DE LA PLAYA
El martes 6 de octubre de 2026 a las 13:30 horas se realizará el remate judicial, sin base y en dólares estadounidenses, de una propiedad ubicada en Médanos de
Solymar, Ciudad de la Costa, sobre calle Florianópolis casi esquina Indiana, a
aproximadamente 200 metros de la playa.
Se trata del padrón Nº 26.963, un solar de terreno de aproximadamente 654 m², con
una casa de 117 m² construidos según Catastro.
Padrón: 26.963
Superficie del terreno: 653,97 m²
Superficie construida: 117 m² según Catastro
Ubicación: Florianópolis casi esquina Indiana, Médanos de Solymar – Ciudad de la
Costa
Modalidad: Remate judicial, sin base y en dólares estadounidenses
Seña: 30%
Comisión e impuestos: 3,66%
Condiciones:
El mejor postor deberá abonar una seña equivalente al 30% de su oferta, además de
la comisión e impuestos correspondientes al rematador, equivalentes al 3,66%. El
plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.
De acuerdo con el edicto judicial, el inmueble mantiene deuda por Contribución
Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. Asimismo, se desconoce su
situación ocupacional y contributiva ante el BPS. La subasta se realiza en las
condiciones que surgen del expediente, la información registral y la documentación agregada al mismo.



EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 3º Turno, dictada en autos: “PARRILLA TEXEIRA, ANDRÉS y otro c/ ROHRER GARCÍA, MARCOS DANIEL- JUICIO EJECUTIVO” IUE 2-6901/2018, se hace saber que el día 6 de octubre de 2026 a las 13 y 30 en local sito en la calle Uruguay 826, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N.º 5.328 R.U.T. 213918210016, presidido del Sr. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno y el edificio en el constituido, empadronado individualmente con el N.º 26.963 (veintiséis mil novecientos sesenta y tres) que se ubica en el departamento de Canelones, Localidad Catastral Ciudad de la Costa, señalado con el número 28 de la manzana 21 en el plano del Agrimensor Carlos Hughes, de diciembre de 1962 inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el 16 de enero de 1964 con el número 12154, y según el cual consta de una superficie de 653 metros y 97 decímetros, con 15 metros de frente al Suroeste a la calle F de 20 metros de ancho, distando el punto medio de dicho frente, 36 metros 63 centímetros del comienzo de la ochava curva formada con la calle I de 20 metros de ancho; 43 metros 70 centímetros al Noreste, lindando con solar 29; 15 metros al Noreste lindando con solar 22 y 43 metros 50 centímetros al Sureste, lindando con solares 25 (parte), 26 y 27, todos del mismo plano. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%) a su cargo. Dicho pago deberá realizarse en el acto por los medios y con los límites para pago en efectivo establecidos legalmente Todo exceso se hará mediante letra de cambio, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios en la redacción dada por la ley 20.469. Serán de cargo del Mejor Postor los gastos de escrituración, honorarios e impuestos que la Ley pone a su cargo. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que tiene deuda de Contribución Inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria. Solo podrá imputarse al precio del remate los rubros necesarios para la escrituración, esto es Impuesto Primaria y Contribución Inmobiliaria hasta la fecha del remate. 4) Que se desconoce la situación ocupacional del bien y contributiva ante el BPS. 5) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. 6) Que los gastos de estructuración y todos aquellos que la ley pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente. 7) Que quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 8) El bien se encuentra hipotecado y no cumple art 178 ley 17296. 9) Se desconoce la existencia de deudas por el inmueble por otros rubros a los indicados ante Intendencia respectiva. 10) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado Letrado de Primer Instancia en lo Civil de 3º Turno – San José 1139 PISO 3 – Montevideo. Montevideo, 12 de agosto de 2026. -MARÍA JOSÉ MORENO ARAÚJO, Actuario Adjunto.
INFORMES:
SERGIO FAIN AJDELMAN
remates@vera.com.uy
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Tels. 2916 47 31 Cel. 099 151 883