REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $ VIERNES 31 DE JULIO 14:30 HORAS En JUAN A. LAVALLEJA 442 ESQUINA SANTIAGO GADEA CIUDAD DE TREINTA Y TRES
272 HECTÁREAS PRÓXIMA A
“QUEBRADA DE LOS CUERVOS”
TREINTA Y TRES
Entrada en Ruta 8 al km. 306 (en donde se encuentra el Camino hacia la Quebrada de los Cuervos hacia el Norte), transitar veinte y poco de kilómetros y se llega a la portera de entrada al campo (lado derecha).
ÁREA: 272 Hás. 8.366 mts²
Padrón nº 1.200 – 4ª Sección Judicial de Treinta y Tres
Seña 20% – Com. e Imp. 3,66%
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Treinta y Tres de 2° Turno, dictada en autos: “RANDO DIAZ, JOSE LUIS C/ SUÁREZ DÍAZ, JAVIER Y OTROS PARTICIÓN” IUE 412-88/2017, se hace saber que el próximo 31 de Julio a partir de las 14:30 horas en las puertas del Juzgado, sito en la calle Juan A. Lavalleja 442 esquina Santiago Gadea, ciudad de Treinta y Tres, Departamento de Treinta y Tres y por intermedio del martillero Fernando Olariaga López, matrícula nº 4421, RUT 212097110015, en acto presidido por la Señora Alguacil del Juzgado, se procederá al remate sin base, en moneda nacional y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Fracción de campo empadronado con el Nº MIL DOSCIENTOS (1200) sito en zona rural en la 4ª Sección Judicial del Departamento de TREINTA Y TRES, que según plano del Agr. Ramón M. Cabrera de Mayo de 1951, inscripto el 15/05/1951 en la Dirección de Topografía con el nº 68 tiene una superficie de 272 hectáreas 8366 metros teniéndose los siguientes deslindes: Al Norte, línea quebrada compuesta de cuatro tramos rectos de 1.573 metros, 200 metros, 129,50 metros y 167 metros, lindando con propiedad de Ambrosio de Los Santos; al Este, linda con Arroyo “Yerbalito”; al Sur, línea quebrada compuesta de cuatro tramos rectos de 170 metros, 17 metros 412 metros y 385 metros, lindando con propiedad de Angelito Pabeiro y el resto, lindando con Cañada del “Yerbalito”, y al Oeste, línea compuesta de dos tramos rectos de 122 metros y 695 metros, lindando con propiedad de Ambrosio De Los Santos. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar el 20 % de su oferta, en carácter de seña y abonar la comisión más impuestos del Rematador; o sea el 3,66 % del precio de subasta. Dicho pago, deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare 200.000 UI, deberá realizarse y documentarse por los medios de pago previstos por la Ley 19.210 y su decreto reglamentario, en la redacción dada por la Ley 20469 2º) Que el mejor postor tendrá un plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate para completar el saldo de precio, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 3º) Que se desconoce el estado material y ocupacional del bien en la actualidad. 4º) Que existe deuda de impuesto de primaria y de contribución inmobiliaria, 5º) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta más impuestos al rematador (1,22% del precio total de remate) y del pago del impuesto municipal creado por la Ley nº 12.700 (1% del precio de subasta). 6º) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y en el estado y condiciones en que se encuentra la titulación, encontrándose solo agregados al expediente testimonio por exhibición de la matriz y a disposición de los interesados. 7º) Que la referida documentación y los demás antecedentes se encuentran en la Oficina Actuaria del Juzgado, calle Juan Antonio Lavalleja 442, ciudad de Treinta y Tres. Y a los efectos legales se hace esta publicación. Treinta y Tres, 26 de junio de 2026 – CARINA del LUJÁN LÓPEZ FLEITAS, Actuario Adjunto