Muy buena casa en Ciudad de la Costa

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 13 DE MAYO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

MUY BUENA CASA
EN CIUDAD DE LA COSTA

CALLE HAWAI
entre calles Punta del Este y Avenida Central

EXCELENTE UBICACIÓN
¡A 100 mts de la Rambla!

Cuenta con living comedor, escritorio, baño, estar y cocina amplia. Sector
lateral techado para estacionamiento. En planta alta tres dormitorios, estudio,
baño. En el fondo Barbacoa con área abierta con parrillero y un dormitorio con
baño. Información proporcionada por la actora.

Padrón 27482
Superficie terreno 705,37 m²
Edificados 112 m² según cédula y 207 m² según información recabada.

SEÑA 30% – Com. E imp. 3,66%
CON LOS MEDIOS DE PAGOS PREVISTOS POR LA LEY
ANTECEDENTES: IUE 35-17/1997

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos: “REPUBLICA AFISA C/ REIG PAN, ELSAS Y OTROS. EJECUCIÓN PRENDARIA. EJECUCION PRENDARIA” IUE 35-17/1997, P o r disposición del Sr. Juez Letrado de 9º turno en autos caratulados REPUBLICA AFISA C/ REIG PAN, ELSA Y OTROS. EJECUCIÓN PRENDARIA. IUE 35-17/1997 se hace saber que el 13 de mayo del 2026 a las 14:30 horas en Uruguay 826, se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Ruc 211743790012 y presidido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses y en pública subasta del bien inmueble ubicado en el departamento de Canelones, localidad catastral Ciudad de la Costa (ante Médanos de Solymar), empadronado con el número VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (27.482) que de acuerdo al plano de mensura del Agrimensor Carlos Hughes de diciembre de 1962 inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 12154 el 16.01.1962, se señala como solar 11 de la manzana 39, tiene una superficie de 705 metros cuadrados 37 decímetros y se deslinda así: al Noroeste 16,20 metros de frente a calle B (hoy Hawai) entre las calles A y Avenida Central, al Noreste 45,06 metros lindando con solar 12, al Sureste 15,13 metros lindando con solar 20 y al Suroeste 49,17 metros lindando con solar 10 todos del mismo plano. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, así como la comisión del rematador más IVA, esto es 3.66% lo cual no forma parte de la seña. 2) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 3) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e intendencia de Canelones. 4) Se desconoce la existencia de deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria. 5) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originares, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate y que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto probatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni la semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificaciones y decretos reglamentarios. 6) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la estructuración del bien ante la intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto en el artículo 66 de la Ley 18.308, atento a que el bien se encuentra ubicado dentro de la zona definida por la Intendencia de Canelones para el uso del derecho de preferencia. 7) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo con el artículo 178 de la Ley 17.296. 8) Existe una diferencia de superficie entre lo consignado en los títulos (705) y la Cédula Catastral (705, 37). 9) La sede cuenta con testimonios notariales de la titulación, careciendo de los de los originales. 10) Existen compraventas posteriores al embargo trabado por el actor, operando lo dispuesto por el artículo 380.6 del CGP. 11) Serán de cargo del expediente el 1% más IVA por concepto de comisión sobre venta, esto es 1,22% del precio de remate, así como el 1% Impuesto Ley 12.700 12)-La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo, debiendo tener presente el mejor postor lo dispuesto en el artículo 390 inciso final del CGP. Montevideo, 21 de abril de 2026. -VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto

INFORMES:
MARIO STEFANOLI PESCETTO
mariostefanoli@gmail.com
www.stefanoli.com
Cel. 099 619 141