Tres padrones en Balneario Buenos Aires en Maldonado

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
LUNES 9 DE FEBRERO 11 HORAS
En CLUB ORIENTAL DE SAN CARLOS
CALLES TREINTA Y TRES Y SARANDÍ

BALNEARIO BUENOS AIRES
Depto. Maldonado
PADRONES 6834, 6859 Y 8233
TODOS DE 300 m² DE SUPERFICIE
SEÑA 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66%

PADRÓN 6834

PADRÓN 6859

PADRÓN 8233 

FOTOS DE TODOS LOS PADRONES QUE SE REMATAN LOS DIAS 9, 10, 11 Y 12 DE FEBRERO
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz 6ª Sección de Maldonado, dictada en autos: “SADER SANCHEZ, FLORENCIAC/SOSA DIAZ, DANIEL Y OTROSVÍA DE APREMIO” IUE 299-196/2017, se hace saber que el próximo Lunes 09 de Febrero de 2026, a partir de la Hora 11:00, en Local Club Oriental de San Carlos(piso superior), ubicado en la Calle Treinta y Tres y Sarandí de la ciudad de San Carlos, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en DOLARES USA: de los siguientes bienes Inmuebles: A) Padrón 6834, Solar de Terreno con una Superficie de 300 metros, ubicado en la manzana catastral 205 y se señala como solar 3, según el plano del Ingeniero Agrimensor Antonio A. Odizzio, inscripto en Catastro de Maldonado con el número 104 el 26 de octubre de 1938. B) Padrón 6859, Solar de Terreno con una Superficie de 300 metros, ubicado en la manzana catastral 205 y se señala como solar 28, según el plano del Ingeniero Agrimensor Antonio A. Odizzio, inscripto en Catastro de Maldonado con el número 104 el 26 de octubre de 1938 C) Padrón 8233, Solar de Terreno con una Superficie de 300 metros, ubicado en la manzana catastral 242 y se señala como solar 33, según el plano del Ingeniero Agrimensor Antonio A. Odizzio, inscripto en Catastro de Maldonado con el número 104 el 26 de octubre de 1938 SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa. 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) Se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación y titulación agregadas y la información registral adjunta. 5) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 6) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, en caso de que el monto supere la cantidad de 1:000.000 de UI. (Unidades Indexadas). 8) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate, requiriendo para cualquier otra imputación autorización Judicial. 9) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial, Diario Local Y Página web del Poder Judicial. San Carlos, 16 de diciembre de 2025 – MARÍA NOELIA FERNÁNDEZ ALBÍN, Juez Paz Dptal. Int.

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
rematadorgalvarez@vera.com.uy
Cel. 099 817 621