
REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 11 DE FEBRERO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 –
MONTEVIDEO
CERRITO DE LA VICTORIA
SANTIAGO SIERRA Nº 3883
entre Lancaster y Santiago Figueredo
2 Apartamentos interiores, en Propiedad Horizontal
A) Unidad 003, área 38,11 m² más patio – Padrón individual 59771/003
B) Unidad 004, área 34,33 m² – Padrón individual 59771/004
Nota: Ambas unidades se rematan por separado.
Todo según plano de mensura del Ing. Jorge Rabin del 18/02/1981
Inscripto en catastro con el número 93901
SEÑA: 30% + COMISIÓN: 3,66% Todo en el acto y según normativa legal.
ORDEN: Civil 4º – IUE 2-20252/2024 (Montevideo)

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 4° Turno, dictada en autos: “MOLTENI, EDUARDO y otro c/ CHAO ORTEGA, MARÍA DEL ROSARIO -EJECUCIÓN HIPOTECARIA-” IUE 2-20252/2024, EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 4° Turno, dictada en autos: “MOLTENI, EDUARDO Y OTRO c/CHAO ORTEGA, MARÍA DEL ROSARIO – EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 2- 20252/2024, se hace saber que el miércoles 11 de febrero de 2026 a la hora 14:30 en el local de ANRTCI, Av. Uruguay 826, el Rematador Francisco Olascoaga, Mat. 4986, RUT 211630610019, sacará a remate en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor, en acto presidido por la Oficial Alguacil de la Sede, los siguientes bienes inmuebles: A) UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL NÚMERO 003, la que según el plano que se relacionará tiene el padrón individual número CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO BARRA CERO CERO TRES (59.771/003), se ubica en planta baja, a cota vertical más 0 metro 70 centímetros, tiene una superficie de treinta y ocho metros con once decímetros y le corresponde el uso exclusivo del siguiente bien común: “Patio G”; y B) UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL NÚMERO 004, la que según el plano que se relacionará tiene el padrón individual número CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO BARRA CERO CERO CUATRO (59.771/004), se ubica en planta baja, a cota vertical más 0 metro 70 centímetros, tiene una superficie de treinta y cuatro metros con treinta y tres decímetros. Ambas unidades forman parte del edificio construido bajo el régimen común e incorporado al Régimen de Propiedad Horizontal de la Ley 10.751, según las disposiciones del Decreto-Ley 14.261, siguientes, modificativas y concordantes, ubicado en el Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, padrón matriz número cincuenta y nueve mil setecientos setenta y uno (59.771), el que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del agrimensor Jorge Rabín de enero de 1981, cotejado por la División Capital de Propiedad Horizontal de la Dirección General de Catastro Nacional el día 18 de febrero de 1981, e inscripto en dicha Dirección el día 25 de esos mismos mes y año, con el número 93.901, tiene una superficie de cuatrocientos doce metros con treinta decímetros, la que deslinda así: al Noroeste, 10 metros de frente a la calle Santiago Sierra entre las calles Lancaster y Santiago Figueredo, distando el punto medio de su frente 32 metros con 70 centímetros con el comienzo de la ochava recta a 5 metros de desarrollo con la primera de las nombradas, estando señaladas las puertas de acceso al edificio con los números 3883, 3885 y 3887. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar acto seguido a la bajada de martillo, el 30% de su oferta en calidad de seña, más la comisión del rematador del 3,66% (incluye el IVA del 22%) sobre el precio rematado. 2) El expediente pagará al rematador en concepto de comisión el 1,22% (incluye el IVA del 22%), más los gastos de publicidad y otros que se efectuaren. 3) Se desconoce la situación ocupacional y contributiva actual de los inmuebles, especialmente en cuanto refiere a adeudos por gastos comunes y a las construcciones, si las hubiere. 4) Únicamente podrá descontarse del saldo de precio, lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria, hasta la fecha del remate. 5) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder). 6) Que el mejor postor deberá consignar la seña al momento de bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y la Ley 19.889 y asimismo deberá depositar el saldo de precio, a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos, en el plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. 7) Los inmuebles se rematan en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede. 8) Ambos bienes inmuebles se rematarán por separado. Y a los efectos legales se realiza esta única publicación. Montevideo, 09 de diciembre de 2025. Montevideo, 09 de diciembre de 2025. FABRIZIA LEONOR ARRETCHE RAVINA, Administrativo II Colaboración Cargo: Actuario Adjunto
INFORMES:
FRANCISCO JAVIER OLASCOAGA DUPLESSIS
Colonia 810 of. 502 – Montevideo
Cel. 099 255 757 – 099 693 579