REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 18 DE SETIEMBRE 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
APARTAMENTO EN CIUDAD VIEJA
MONTEVIDEO
Estudio Fain Rematadores Públicos anuncia un nuevo remate judicial sin base
de un apartamento en primer piso de edificio en Ciudad Vieja, Montevideo. Ideal
para oficina o casa habitación.
140m² con dos entradas independientes.
Buen estado de conservación.
3 dormitorios, 3 baños, 2 kitchenette y gran living comedor con recepción.
Existe la posibilidad de dividir y hacer dos unidades.
Padrón N° 3.944/101
Ubicación: El inmueble está ubicado en la calle Buenos Aires 397 esquina
Ituizaingó. Ciudad Vieja, Montevideo.
Condiciones: SEÑA: 30% – COMISIÓN E IMPUESTOS: 3,66%
EDICTO (PDF)
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15º Turno, dictada en autos: “EDIFICIO BUENOS AIRES c/ HARINORDOQUY, PIERRE y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-74738/2023, se hace saber que el día 18 de Setiembre de 2025 a las 14.30 horas en Uruguay 826, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula Nº5.328, R.U.T. 213918210016, presidida de la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal, número 101, que forma parte del edificio de Propiedad Horizontal construido de acuerdo a la ley de Propiedad Horizontal 10.751, en un terreno sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz 3.944, el cual según plano del Agrimensor Nelson Galamarin de Octubre de 1974, cotejado por la dirección de Edificación de la Intendencia Municipal de Montevideo, el 29 de enero de 1975, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional el 3 de febrero de 1975 con el número 76.801, con una superficie de 140 metros, 99 decímetros con 5.36 metros al Sureste a la calle Buenos Aires y 12,33 metros al Noreste a la calle Zabala, por ser esquina, uniendo ambos frentes una ochava recta de 5 metros que mira al Noreste. La citada unidad esta empadronada con el número 3.944/101 y según el plano citado se ubica en el primer piso a cota de altura más 3 metros con 35 centímetros con una superficie de 135 metros 63 decímetros. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 25% de su oferta, en el acto de serle aceptada su postura, así como la comisión al Rematador más I.V.A (3,66%). Y si el precio total de lo rematado superase U.I 1.000.000 (unidades indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210, y ley 19.574 en la redacción dad por la ley 19.889. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 4) Que existe deuda por contribución inmobiliaria, tributos domiciliarios e impuesto de enseñanza primaria. 5) Que solo se podrá descontar del precio de Remate deuda que existiera por concepto de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria pudiendo imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la traslación del dominio. 6) Que para el caso que el mejor postor sea diferente al actor de autos será de cargo del expediente la devolución de lo que sea por concepto de impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio, el 2% del ITP e IRPF por la parte vendedora si correspondiere. 7) Que deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede, en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 8) Que en el acto de remate, el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art. 71 del C.G.P (domicilio real y procesal electrónico judicial). 9) Que en la sede se encuentra depositado los antecedentes originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuara en las condiciones que resultan del expediente y documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos, los que podrán ser examinados en la sede por lo interesados, debiendo tener presente el artículo 390 del C.G.P inciso final. 10) Que los bienes se venden en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 1º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones Montevideo, 12 de agosto de 2025. -PATRICIA MARTA LECUNA MARTÍNEZ, Actuario Adjunto
INFORMES:
SERGIO FAIN AJDELMAN
remates@adinet.com.uy
www.estudiofain.com
Tels. 2916 47 31 Cel. 099 151 883



















