REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
DURAZNO BIEN UBICADO APARTAMENTO 2 DORMITORIOS
MIÉRCOLES 8 DE MAYO A LAS 14:30 HORAS EN A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
COMODIDADES: LIVING-COMEDOR, 2 DORMITORIOS, BAÑO, COCINA Y PATIO.
ÁREA EDIFICADA: 54 m² según Catastro.
UBICACIÓN: JOSÉ PEDRO VARELA 1138/004
PADRÓN Nº 1816/004
SEÑA: 30% – COMISIÓN: 3% + I.V.A.
Antecedentes: Civil 4° Turno, Montevideo – Ficha: IUE 2-49357/2017
EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 4° turno, dictada en autos caratulados “CARMONA BERTI, GERARDO C/ VIÑALES GONZALES, MANUEL” Ejecución de Hipoteca IUE- 2-49357/2017, Se hace saber que el próximo 8 de Mayo a las 14:30 horas en el local de la Asociación Nacional de Rematadores Tasadores y Corredores Inmobiliario sito en la Av. Uruguay 826 se procederá por intermedio del martillero Mario MOLINA ALONSO mat. 5148 rut 213005240012, asistido de la señora alguacil a la venta en pública subasta, sin base y al mejor postor y en dólares estadunidenses, del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal número 004 que forma parte del edificio construido bajo el régimen de la Ley 10.751, en un terreno ubicado en el departamento de Durazno, localidad catastral Durazno, primera sección judicial, zona urbana, empadronado con el numero 1.816, el que según Plano de Mensura y Fraccionamiento Horizontal del Agrimensor Luis Hugo Apolo de Abril de 1967, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Durazno el 29 de Agosta de 1967 con el numero 2892, tiene una superficie de 374 m 40 dm, con una recta de 12 metros al Noroeste, de frente a la calle José Pedro Varela. La unidad 004 se encuentra empadronada individualmente con el numero 1.816/004 y de acuerdo al plano referido, se ubica en planta baja, a cota vertical más un metro diez centímetros, con una superficie de cincuenta y cuatro metros cuatro mil novecientos cincuenta y seis centímetro, y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: Patio “E”. SE PREVIENE: 1- Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del rematador todo lo que asciende al 3% más iva de la oferta en el acto; cumpliendo con lo dispuesto por la ley 19.210 y su decreto reglamentario 2- Que serán de cargo del expediente la comisión del rematador o sea 1% más iva, así como los gastos originados por el mismo y el 1% del impuesto departamental sobre el precio del remate. 3- Se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere y adeudos por gastos comunes. 4- Únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 5- El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la sede. 6- Una vez escriturado se reintegrara al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder) 7- El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 dias corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del rmate y qu no será interrumpido por la Feria judicial ni por semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 de la ciudad de Montevideo. Montevideo 15 Marzo de 2019 Dra. Esc. Ma. del Carmen Roldán, ACTUARIA.
INFORMES:
MARIO SANTIAGO MOLINA ALONSO
rematesmolina@gmail.com
Tels. 099 634 318