Unidad de Propiedad Horizontal en Piriapolis

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 12 DE MARZO 14 HORAS
En CASA ROSADA EN DODERA 869
ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ
MALDONADO

UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL

PIRIÁPOLIS

PADRON No. 2163/002

CONDICIONES: Seña 30%DEL PRECIO EN DOLARES USA, más COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66% EN EL ACTO, EFECTIVO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo, establecido por la ley No. 19210 y sus modificaciones


 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 6° Turno, dictada en autos: “GOINHEIX, EDUARDO C/ DOMINGUEZ, JOSE YAMANDU – EJECUCION DE SENTENCIA -” IUE 291-184/1997, EDICTO: Por disposición de Sra. JUEZ LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 6TO. TURNO de MALDONADO, dictado en autos caratulados “GOINHEIX, EDUARDO C/ DOMINGUEZ, José Yamandú” “EJECUCION DE SENTENCIA. IUE 291-184/1997”, se hace saber que el próximo Miércoles, 12 de Marzo de 2025, a la Hora 14:00, en el Local Casa Rosada, ubicado en la calle José Dodera No. 869, entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100,356,560,011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en DOLARES ESTADOUNIDENSES del siguiente bien Inmueble: Unidad de propiedad Horizontal padrón individual dos mil ciento sesenta y tres barra cero cero dos (2163/002), que forma parte del edificio construido sobre el solar de terreno Padrón matriz dos mil ciento sesenta y tres (2163), antes en mayor área padrón 682, ubicado en Localidad Catastral Piriápolis (antes tercera sección judicial) del Departamento de Maldonado. Tiene la siguiente descripción: Está señalado en el plano del Agrimensor Julio César Costa de octubre de 1990, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional con el número 5953 el 15 de noviembre de 1990, según el cual se compone de una superficie de cuatrocientos dos metros (402 m), que se deslindan así: 20 metros de frente a la calle Uruguay; 20 metros 10 centímetros al Noreste también de frente a la calle Ayacucho por ser esquina, 20,10 metros al Suroeste lindando con padrón 683 y 20 metros al Sureste con padrón 3258. La unidad Departamento 002 se ubica en Planta Baja en dos partes: “DEPARTAMENTO 002 A” Y “DEPARTAMENTO 002 B” a cotas verticales: más 0,80 metros, a más 0,95 (002 A) y más 1,00 a más 1,18 metros (002 B), con una superficie de 63,08 metros (002 A) y 21,11 metros (002 B) y EN PLANTA ALTA DEPARTAMENTO 002 C” a cota vertical más 3,40 metros con una Superficie de 20,89 metros, y le corresponde el uso exclusivo de los bienes comunes: Porch E, Porch F, Pasaje y Patio G, Jardín H, Balcón L1, Azotea M1, Techo Dolm. N1 Y Techo de Zinc 01. SUPERFICIE TOTAL DE UNIDAD 002: CIENTO CINCO METROS OCHO DECIMETROS (105,08 M). SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares estadounidenses, si el precio total de lo rematado superare las UI 1.000.000 se deberá abonar mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de Plaza, en cumplimiento de lo dispuesto por la ley 19.210, 19.478 y articulo 221 de la Ley 19,889 y su decreto Reglamentario. 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) No se encuentran agregados los títulos de propiedad del bien sino testimonio por exhibición del mismo. 5) Se desconoce el estado ocupacional y de conservación del bien. 6) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, del testimonio por exhibición de la titulación agregados y de la información registral adjunta, dejándose constancia que surge una discordancia en la descripción y deslinde del bien, realizado en la compraventa del 28 de Julio del año 1947, en el cual se consigno una superficie de 400 metros, habiéndose consignado en el plano de mensura y fraccionamiento un área de 402 metros cuadrados. 7) El Impuesto de Enseñanza Primaria y el Impuesto de Contribución Inmobiliaria se descuentan hasta la suma concurrente imputándose al precio del Remate, requiriéndose para cualquier otra imputación autorización judicial 8) Existe Reglamento de Copropiedad el cual se encuentra inscripto en el registro de la propiedad Sección inmobiliaria de Maldonado, la Hipoteca reciproca que grava a las unidades no existe en los hechos Administrador o Administración ni servicios que generen gastos comunes. 9) Que los antecedentes del bien objeto de esta almoneda se encuentran a disposición de los interesados en la Sede, 25 de Mayo 723 de la Ciudad de Maldonado. Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local y la página del Poder Judicial. Maldonado, 14 de Febrero de 2025.-
Maldonado, 14 de febrero de 2025
VERÓNICA LORENA FIAMENE PÉREZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto

INFORMES:
GUSTAVO ALVAREZ ALZUGARAY
rematadorgalvarez@vera.com.uy
Cel. 099 817621