Muy buena casa con terreno en Trinidad – Flores

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES 18 DE DICIEMBRE 12:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

TRINIDAD – FLORES

MUY BUENA CASA CON TERRENO

Terreno 3.819 m² – Construidos 211 m²

Ubicación del padrón: Dr. Carnelli 740 entre Treinta y Tres y Presidente Berro

Padrón: 6.918 Trinidad – Flores

Superficie edificada: 211 m² (según cédula catastral)

Superficie de terreno: 3.819 m² (según cédula catastral)

Deudas que se deducen del precio: Lo que se adeude por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria a la fecha de remate se deducen del saldo de precio.

Condiciones de Remate: El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley 19.210, decretos reglamentarios, y la Ley 19.889 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta.

Expediente: Civil 2 do. Turno IUE: 2-58105/2020 “ALBANES DRAGONE, LORENA Y OTRO C/ MOLINA MOLINA, CLEMENTE Y OTRO – EJECUCIÓN HIPOTECARIA”

Pasaje de los Derechos Humanos 1309 (Montevideo)

ES RESPONSABILIDAD DE LOS INTERESADOS HACER LAS CONSULTAS JURÍDICAS Y NOTARIALES A UN PROFESIONAL DE SU CONFIANZA, ASI COMO AVERIGUAR LAS DEUDAS EXISTENTES A LA FECHA DE REMATE.


 

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 2º Turno, dictada en autos: “ALBANES DRAGONE, LORENA y otro c/ MOLINA MOLINA, CLEMENTE y otro – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-58105/2020, se hace saber que el 18 de diciembre de 2024 a las 12:30 horas en el local de la calle Uruguay 826, por intermedio del Martillero ALFREDO RAMOS MASTALLI, Matrícula Nº 5579, RUT 214920180011, en acto presidido del Oficial Alguacil del Juzgado, se subastará, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien: fracción de terreno, con construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la Localidad Catastral Trinidad del Departamento de Flores, zona urbana, empadronado con el número seis mil novecientos dieciocho (6.918), antes padrón seis mil quinientos (6.500), señalado con el número dos (2) de la manzana quinientos noventa y cinco (595), en plano del Agrimensor Alvaro Hiriart. Condon de abril de 1993, inscripto en la Dirección General de Catastro de Flores con el número 3001, el 21 de mayo de 1993, según el cual consta de una superficie de tres mil ochocientos dieciocho metros cincuenta y ocho decímetros (3.818 metros 58 decímetros) que se deslinda así: al Este 25 metros 82 centímetros de frente a la calle Doctor Carnelli, estando su puerta de entrada señalada con el número 740; al Sur 149 metros 98 centímetros lindando con fracción número 3; al Noroeste 26 metros 65 centímetros lindando con parte del padrón 1202 rural y al Norte 144 metros 37 centímetros lindando con la fracción 1, todas del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar en dólares estadounidenses el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto, al momento de serle aceptada la misma y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador y tributos que la ley impone o sea el 3,66%. Dicho pago deberá realizarse mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tener disponibles los fondos necesarios previo al momento de la realización de la subasta. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión del Rematador e impuestos, o sea 1,22%, así como el 1% por concepto de impuesto municipal (Ley 12.700). 3) El mejor postor deberá depositar el saldo de precio en la cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5) Se desconoce la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Flores. 6) Se desconoce si existe deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7) Solamente podrán ser imputados al precio del remate las deudas de los impuestos de contribución y primaria generados hasta el momento del remate, así como el ITP e IRPF que correspondiere al vendedor. 8) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la estructuración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la ley 18.308. 9) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los DDHH 1309 piso 3 de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se realiza esta publicación. Montevideo, 02 de diciembre de 2024. GIMENA PAOLA ETCHEVERRY MARQUEZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.

INFORMES:
ALFREDO RAMOS MASTALLI
alfredo@ramosmastalli.uy
Cel. 099685653