Chalet con 146 m2 edificados y terreno lindero con piscina en Balneario Solis

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MARTES 10 DE DICIEMBRE 9:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

EXCELENTE REMATE
EN BALNEARIO SOLÍS

1) Chalet con 146 m² edificados según DNC (padrón 327)

2) Terreno lindero al anterior con Piscina (padrón 328)

Ambos terrenos tienen 963,75 m² c/u.

En la MEJOR UBICACIÓN, Miramar casi Coronilla.

MUY PRÓXIMO A LA PLAYA

SE REMATARÁN POR SEPARADO

SEÑA 30% – Com. e imp. 3,66%


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 1º Turno, dictada en autos: “BANCO CENTRAL C/ BEATRIZ MIRIAM LOPEZ CARELLA Y OTROS. Juicio Ejecutivo.**TESTIMONIO**” IUE 20-1362/1982, se hace saber que el próximo 10 de diciembre de 2024 a las 9:30 horas en Avenida Uruguay 826 (ANRTCI), se procederá por intermedio del martillero PABLO BORSARI BRENNA matrícula 4821, R.U.T. 212109720012, presidido por la Sra. Alguacil a la venta en pública subasta, sin base, en moneda nacional y al mejor postor, de los bienes embargados en autos: I) Solar de terreno con edificio y demás accesiones dominiales, empadronado con el número trecientos veintisiete (327), sito en la localidad catastral Balneario Solís, Departamento de Maldonado, señalado como solar 338 de la manzana 47 en el plano del Agrimensor Luis M. de Mula de enero de 1931, inscripto en la Dirección de Topografía el 11 de abril de 1931, tiene una superficie de novecientos sesenta y tres metros con setenta y cinco decímetros (963,75) y se deslinda así: 15 metros de frente al suroeste a la calle A, 64,25 metros de fondo lindando al noroeste a la sucesión de Antonio María Rodríguez, al noreste limita con el solar 342 del mismo plano y al sureste linda con Beatriz A. de Vallano. II) Solar de terreno con edificio y demás accesiones dominiales, empadronado con el número trecientos veintiocho (328), sito en la localidad catastral Balneario Solís, Departamento de Maldonado, señalado como solar 337 de la manzana 47 en el plano del Agrimensor Luis M. de Mula de diciembre de 1939, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el número 113 el 25 de diciembre de 1939, tiene una superficie de novecientos sesenta y tres metros con setenta y cinco decímetros (963,75) y se deslinda así: 15 metros de frente al oeste a la calle A, 64,25 metros de fondo lindando al norte con los padrones 329, 330 y parte del padrón 331, 15 metros al este lindando con parte del padrón 331 y 64,25 metros al sur lindando con el padrón 327 del mismo plano. SE PREVIENE POR AMBOS PADRONES que: 1º) El mejor postor deberá consignar una seña del 30 % de su oferta al serle aceptada, como así también la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate. 2º) Serán de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 1,22% del precio de remate y demás gastos que la ley pone a su cargo. 3°) Serán de cargo del comprador los gastos e impuestos que legalmente correspondan (ITP comprador, gastos y honorarios de escrituración, etc. 4°) El mejor postor deberá tener presente que: A) deberá depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, B) tanto al momento de abonar la seña, la comisión del rematador, como el saldo de precio debe cumplir con lo establecido en la Ley 19.210, sus decretos reglamentarios y la Ley 19.889. C) Sólo podrá imputar al saldo de precio del remate luego de abonadas, las deudas de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, hasta la fecha del mismo . No podrán imputarse los gastos judiciales que evantualmente hayan generado las posibles deudas. 5°) Se desconoce la situación material y ocupacional de los inmuebles y la posible existencia de deudas ante el B.P.S. por construcciones, así como la existencia de deudas ante otros organismos nacionales y departamentales.- 6°) Existe deuda por diversos conceptos ante la intendencia de Maldonado.- 7ª ) No se cuenta con certificados relativos al Art.66 de la Ley 18.308 8ª) Se deberá tener presente lo establecido en Art. 390 inciso final del CGP.- 9 º No se cuenta con documentación original de los bienes. La documentación se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado sito en Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3 de la ciudad de Montevideo.
Montevideo, 27 de noviembre de 2024
MÓNICA BEATRIZ FALÓTICO CAPÓ, Actuario

INFORMES:
PABLO DIEGO BORSARI BRENNA
borsariremates@gmail.com
Cel. 099 688 946