Mitad indivisa de muy buena casa en Peñarol

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN $
MIÉRCOLES 28 DE AGOSTO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

MITAD INDIVISA
DE MUY BUENA CASA EN PEÑAROL
Descripción:

Dirección: Miguel Chiappe 1166 casi Bulevar Batlle y Ordoñez.
Unidad 001.
Padrón: 115.585/001, Montevideo.

Se subasta el 50% indiviso del bien.

Superficie construida (estimada): 120 m2

Distribuida en dos plantas, en planta baja cuenta con living comedor con estufa a leña, cocina, baño, pequeño patio, cuarto de herramientas,
espacio para vehículo.
En planta alta cuenta con 3 dormitorios y baño.

Detalle:

DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)

Al 18/02/2021 según certificado de gravámenes IMM N° 553170

QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria:
No tiene deuda.

Primaria:
No tiene deuda.

QUE NO SE DESCUENTAN DEL PRECIO (son de cargo del comprador)
Tributos Domiciliarios: No tiene deuda.
Tarifa de Saneamiento: No tiene deuda.

PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en $ (moneda nacional)

ARTÍCULO 386 LEY 19.090. El remate se realizará sin base y al mejor postor, sin perjuicio de la facultad del martillero de suspenderlo por precio incompetente o manifiestamente inadecuado y sin que pueda reclamarse por quien hubiera hecho postura, la cual quedará sin efecto

CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo con efectivo, letra de cambio o transferencia bancaria en el acto de remate.
En caso de abonar con transferencia deberá gestionar en su Banco antes de la subasta las habilitaciones necesarias para poder realizarla en el mismo acto de remate.

¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Sugerimos hacer la letra por el 40% de forma de quedar cubierto.

¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.

LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO, ESCRIBANO, ETC).

VISITAS, OCUPANTES.
El inmueble está ocupado por uno de los propietarios.

DATOS DEL JUZGADO
Juzgado Letrado Familia 24°T° IUE 65-21/2020
Av. Uruguay 1030 Piso 2, Montevideo.

Las interrogantes de índole jurídico notarial deben ser aclaradas con anterioridad al día de remate por su profesional de confianza.

Una pregunta recurrente en los remates de cuota parte es:
¿Como se resuelve luego de la subasta la titularidad y los derechos sobre el inmueble?

Sin pretender sustituir el asesoramiento que deben buscar con vuestros profesionales, me permito destacar lo siguiente:
Una vez escriturado el comprador en la hipótesis de que no consiga negociar con el propietario del otro 50% puede iniciar un proceso de Cesación de Condominio para resolver la situación al final del cual tendrá las siguientes opciones:
a) Hacerse del 100% del inmueble mediante subasta judicial, obviamente siempre y cuando sea el mejor postor (tiene la ventaja importantísima de que ya será dueño del 50% del bien).
b) O en su defecto podrá hacerse del 50% del producido de la subasta, que tiene alta probabilidad de ser mayor que lo abonado en este remate, ya que en esa instancia lo que se subastará será el 100% del bien.


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 24° Turno, dictada en autos: “MONTERO, TERESA c/ FANTONI, LUCIANO VIA DE APREMIO” IUE 65-21/2020 , se hace saber que el 28 de agosto de 2024 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, en moneda nacional y al mejor postor de la mitad indivisa del siguiente bien inmueble: Unidad de propiedad horizontal 001 del edificio que se levanta en el terreno ubicado en la localidad catastral Montevideo, de la ex novena sección judicial, padrón matriz 115.585, que según plano del Agrimensor Humberto Di Doménico de octubre de 1999, cotejado por la Dirección Nacional de Catastro el 14 de febrero del 2000 e inscripto en la misma Dirección, con el número 32.799 el 18 de febrero del año 2000, se compone de una superficie según plano y título de 319 m 86 dm, con 12 metros al Noroeste de frente a calle Miguel A. Chiappe, puerta de entrada número 1166 apartamento 001, distando el punto medio de su frente 35 m 41 cm a la esquina con Bulevar José Batlle y Ordoñez entre Camino Santos y Bulevar Batlle y Ordoñez. Y la unidad 001 padrón individual 115.585/001, según plano citado se ubica en planta baja, a cota vertical más 0 metros 30 centímetros, con una superficie de 61 m 83 dm, le corresponde el uso exclusivo del Jardín A. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %. Dicho pago deberá realizarse en el acto y se hará efectivo mediante efectivo hasta 1.000.000 de UI, letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2) El plazo para consignar el saldo de precio, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. Dicha cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.210, modificativas y su decreto reglamentario. 3) Se desconoce el estado ocupacional del inmueble y su situación tributaria y fiscal. 4) Del precio de la subasta solo se podrá descontar: Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Educación Primaria, el 2% correspondiente a la parte vendedora respecto al Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales y si correspondiere IRPF por Incrementos Patrimoniales. Y todo otro gasto que autorice el Tribunal debiendo tener en cuenta que se podrán imputar únicamente los rubros que sean contemplados en el edicto y que el mejor postor abone (art. 387.7 inc. 2). 5) Se subasta el 50% indiviso del padrón. 6) El bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación y de la información registral glosada en autos, que se hallan a disposición de los interesados en el juzgado, sito en Av. Uruguay 1030 Piso 2º, Montevideo. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Montevideo, 26 de julio de 2024
VALENTINA SOLEDAD BARRERA AVILA, Actuario Adjunto

INFORMES:
ASSAD REMATES
[email protected]
www.assad.com.uy
CONVENCION 1343 ESC. 1112 – MONTEVIDEO
Tels. 2900 3099 – 2900 4620 Cel. 092 50 55 55