Nuda propiedad en Juan Lacaze, Colonia

 

REMATE JUDICIAL
JUEVES 22 DE AGOSTO
En HUMBERTO 1º Nº4030
MONTEVIDEO 14:30
HORAS
SIN BASE EN U$S

JUAN LACAZE (COLONIA)

NUDA PROPIEDAD

Padrón 691

Área 175 m² 46 dm²

Con dos frentes: a la Av. Daniel Fernández Crespo (16 m 72 cm) y a Lavalleja (12 m 78 cm).
A metros de las Manos.

Remata Stajano es un remate de verdad

INFORME [PDF]


EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14º Turno, dictada en autos: “ABBATE GARRONE, PABLO c/ MARRERO DUARTE, GRISELDA – EJECUCIÓN DE HIPOTECA” IUE 2-6703/2019, se hace saber que el próximo 22 de agosto de 2024 a las 14.30 horas, en el local sito en Humberto 1º. 4030, se procederá ´por intermedio del martillero ENRIQUE STAJANO, matricula 3648 Rut.211761230015, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, a la venta en subasta pública, sin base, en dólares americanos, al mejor postor del siguiente bien: NUDA PROPIEDAD sobre un solar de terreno con las construcciones que le acceden sito en la localidad catastral Juan Lacaze, departamento de Colonia, padrón No. 691, el que esta señalado con el número 1 en el plano del Agrimensor Eduardo Olalde, inscripto en la Dirección General de Catastro el 11 de octubre de 1971 con el número 6424, según el cual tiene una superficie de 175 mts 46 dm y se deslinda así: al Norte 16 mts 72 cm de frente a la calle Daniel Fernández Crespo, 12 mts 78 cm al Noreste también de frente a la calle Lavalleja por ser esquina, 8 mts 75 cm al Sureste lindando con el solar 2 y tres líneas rectas al Suroeste de 13 mts 68 cm, 43 cm y 13 mts 8 cm lindando con el padrón 690.SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar la seña del 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña, con los medios de pago autorizado, cumpliendo con lo establecido en las leyes 19210, 19478, y 19.889, modificativas, concordantes y decretos reglamentarios. Asimismo, deberá depositar el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 2) Sera de cargo del adquirente, los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión del martillero 3% más iva. 3) Sera de cargo del expediente el 1% más iva por concepto de comisión sobre ventas. 4) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y física de las construcciones que hubiera en ellas. 5) Podrá ser imputado al saldo de precio la deuda por Contribución Inmobiliaria y/o Impuesto de Enseñanza Primaria generada hasta la fecha del remate; en caso de corresponder se reintegrará ITP e IRPF acreditado su pago luego de la escritura. 6) Se desconoce la existencia de deudas nacionales y/o departamentales que afecten el bien inmueble, situación ocupacional, su estado de conservación y regularidad de las construcciones art. 71 Ley 18.308. 7) Se deja constancia que en la compraventa de fecha 8 de Diciembre del 2003, los usufructuarios vitalicio Indalecio Marrero y Leila Duarte tenían 62 y 71 años de edad respectivamente. 8) El bien se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, teniendo a la vista los certificados del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Colonia y del Registro Nacional de Actos Personales ampliados al 26 de junio de 2024, y la documentación presentada que se encuentra a disposición de los interesados en el Juzgado sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo, debiéndose tener presente el art. 390 inc. Final del CGP y lo dispuesto por la Ley 19.574 Lavado de Activos en lo correspondiente. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 27 de junio de 2024 ADRIANA CLAUDIA LEON RODRIGUEZ, Actuario.

INFORMES:
ENRIQUE STAJANO PEREIRA
[email protected]
https://www.facebook.com/rematesstajano/
Tels. 26199465