Apartamento y 1/6 garaje en Batlle y Ordoñez 2596, Montevideo

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MIÉRCOLES DE 24 JULIO 13:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

P.H. Padrones

Nº 409.801/302 Apartamento

Nº 409.801/002 (1/6 Garaje)

En Batlle y Ordoñez 2596 – Montevideo

Padrón Nº 409.801/302: Apartamento, Superficie: 72,89 m².
3 dormitorios, luminoso. (74,30m2 con Terraza).

Padrón Nº 409.801/002: Garaje de 24,11 m² (1/6 de 144,69 m²).

SIN BASE – Excelente OPORTUNIDAD

Seña: 30% contado en el acto, saldo a los 20 días de aprobado el remate. Com. E Imp.: 3,66%. Contado en el acto y en dólares.

Los pagos y entrega de dinero deberán realizarse en el acto y por cualquiera medio de pagos previstos por la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios. Ley de Inclusión Financiera, letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica.

Títulos y antecedentes: Juzgado LETRADO CIVIL 1o Turno de Montevideo – PALACIO DE LOS TRIBUNALES Ficha: 2-16184/2018.

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 1º Turno, dictada en autos: “SCOTIABANK URUGUAY SA c/ GOMEZ GARCIA, GABRIEL y otro – EJECUCION DE HIPOTECA” IUE 2-16184/2018, se hace saber que el día miércoles 24 de Julio del 2024, a las 13:30 horas, en la sede de la Asociación Nacional de Rematadores (A.N.R.T.C.I) sito en Av. Uruguay 826, el martillero JOSE MARTIN ARRILLAGA ( Mat.4623), RUT 212427900014, en diligencia que presidirá el Sr.Alguacil, procederá a la venta en subasta pública, SIN BASE, al mejor postor y en DOLARES ESTADOUNIDENSES de los bienes inmuebles empadronados individualmente con los números: CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO barra 302 (409.801/302) y una sexta ava parte indivisa CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO barra 002 (409.801/002) con frente a la calle Batlle y Ordoñez 2596 de la localidad catastral de MONTEVIDEO, Departamento de Montevideo, zona urbana, padrón matriz número CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO el que según plano de mensura y fraccionamiento del Agr. Gerardo J. Altieri, de junio 1982, cotejado por Intendencia Municipal de Montevideo el día 1 de febrero de 1983 e inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 2350, el 3 de marzo de 1983, según el cual consta de una superficie de 436 metros 32 decímetros que se deslindan así: de frente al Sureste 16,46 mts al Bvar. Batlle y Ordoñez, y también de frente al Noreste 17,47 mts a calle Aguapey, por ser esquina, uniendo ambos frentes ochava recta. La unidad 302, empadronada individualmente con el número CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO barra 302 (409.801/302) y según el citado Plano, se desarrolla en el tercer piso, a cota vertical más 8,42 mts, consta de una superficie de 72 mts, 89 dms, y según título consta de una superficie de 74 mts, 30 dms, con uso exclusivo del bien común Terraza “Ñ3”. La unidad 002, empadronada individualmente con el número CUATROCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS UNO barra 002 (409.801/002), según el citado Plano, se desarrolla en planta baja, a cota vertical más 0 mts, consta de una superficie de 144 mts 69 dms, SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dólares, en carácter de seña, de serle aceptada su postura, así como la comisión del rematador más IVA (3,66%). Dichos pagos, deberán realizarse en el acto y por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios y Ley 19.889. II) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate (art. 387.2 C.G.P.), que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo, el que deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19210, modificativas y decretos reglamentarios y Ley 19.889. III) Que serán de cargo del demandado la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) del precio de remate y demás impuestos que la ley ponga a su cargo; así como los gastos de remate. IV) Que se desconoce el estado material del bien, de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, afectaciones, como así también la situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, Intendencia de Montevideo, etc.). V) Que tiene deuda de Gastos Comunes, Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria y por diversos conceptos ante la Intedencia de Montevideo.Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate; en el caso de existir cuentas en juicio solo se podrán descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. El ITP de la parte vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración. VI) No se cuenta con original de la última transmisión y que los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone a su cargo, serán asumidos por el adquiriente. VII) El mejor postor en caso de corresponder deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el art. 66 de la Ley 18308. VIII) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 3er piso de la ciudad de Montevideo. Y a los efectos legales se realiza esta publicación, dejándose constancia que se expide el presente habiendo tenido a la vista los certificados registrales estudiados en autos ampliados al día Montevideo, 20 de junio de 2024. MÓNICA BEATRÍZ FALÓTICO CAPÓ, Actuario.

INFORMES:
JOSE ARRILLAGA MONTI
[email protected]
www.arrillaga.com.uy
Cel. 099495351