REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
JUEVES 6 DE JUNIO 14:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
BUENA CHACRA CON 3,4 hás.
CON 2 CASAS MÁS BARBACOA
RUTA 8 KM 61
a 500 m. por calle lateral Parador Fito
Padrón Rural 50171 de Canelones
Área 3 hás. 3.756 m²
Índice productividad 93
Casa Principal (planchada) 120 m² aprox. 3 dormitorios, cocina int., living-comedor, baño, estufa a leña + tinglado 70 m².
Casa Huéspedes (planchada) 60 m² aprox. 2 dormitorios, cocina int. living-comedor, baño, estufa a leña.
Barbacoa 75 m² aprox. c/cocina, mesada, baño, parrillero + Otras Construcciones.
Luz de UTE.
Con Eucaliptus renuevo para leña.
SEÑA 30% + COM. e IMP. 3,66% en el acto
Medio de pago Ley 19.210
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 24º Turno, dictada en autos: “LLOMBART ROCCA, OLGA c/ DA SILVA CURCHO, LEONARDO – EJECUCION DE HIPOTECA” IUE 2-35452/2020, se hace saber que el próximo 6 de junio de 2024 a las 14 y 30 horas en el Local de la A.N.R.T.C.I. sito en Av. Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO GOMES de FREITAS Matricula Nº2365 RUT 190036780016, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno con su Edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en el Departamento de Canelones, 8º sección catastral, zona rural, padrón Nº 50.171 que según plano del Agr.J. Jiménez de Aréchaga de enero de 1952, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el Nº7.010 el 31/03/1952 (según título) y con el Nº7011 en igual fecha (según DGC y Administración de Inmueble del Estado), se señala con el Nº15 y consta de una superficie de 3 hectáreas 3.755 metros 82 decímetros y se deslinda así: 179 m 20 cm de frente al Suroeste a calle según plano y al Oeste según título; 188m 58 cm al Noroeste según plano y al Norte según título lindando con predio de Lorenzo González; 179 m 20 cm al Noreste según plano y al Este según título con predio de Gerónimo Venar; y 188 m 58 cm al Sureste según plano y al Sur según títulos lindando con fracción Nº14.- SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta en dólares americanos, en el acto, al bajarse el martillo, mediante transferencia bancaria de plaza, letra de cambio o efectivo hasta U.I. 1.000.000 cumpliendo con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios, más la comisión más IVA de compra del Rematador o sea el 3,66% respectivamente del precio del Remate. 2º) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 3º) Que será de cargo del expediente la comisión más IVA de venta del rematador o sea el 1,22% del precio del remate. 4º) Que solo se admitirá imputar al precio del Remate los tributos necesarios para la escrituración -Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, ITP vendedor e IRPF vendedor –(si correspondiere), hasta el día del remate y para el caso que superaran el precio de la almoneda, la diferencia será de cargo del mejor postor. 5º) Que se desconoce el estado actual del inmueble en cuanto al pago de aportes a la construcción BPS así como la situación ocupacional y contributiva del mismo. 6º) Que existe deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria rural, multas y recargos. 7º) Que se desconoce si el Gobierno Departamental de Canelones hará opción del derecho de preferencia que le concede el art. 66 de la ley 18.083, debiendo gestionarse en forma por el mejor postor posterior al remate.- 8º) En forma posterior al remate, de corresponder, se deberá tramitar el Certificado del Art. 35 de la ley 11.029 (Colonización) 9º) Que el mejor postor deberá constituir domicilio dentro del Departamento de Montevideo debiendo depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por semana de turismo. 10º) Que el inmueble se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente y de la documentación agregada, titulación aportada y certificados registrales con ampliaciones al 09/05/2024 por actos personales y al 14/05/2024 por inmueble, los que podrán ser examinados en la Sede del Juzgado por los interesados (Art. 390 CGP), oficina única OFGECEN calle 25 de Mayo Nº 500, Montevideo. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones.- Montevideo, 20 de mayo de 2024. NATALIA FERREIRA MERNIES, Actuario Adjunto.
INFORMES:
GERARDO GOMES DE FREITAS
gomesdefreitas@rematador.com.uy
www.gomesdefreitas.rematador.com.uy
Zabala 1372 Esc. 15 – MONTEVIDEO
Tels. 2916 8861 Cel. 099 635 635