Padrón en Las Piedras Canelones

REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S
MARTES 5 DE MARZO 10:30 HORAS
En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO

PADRÓN 12382 – LAS PIEDRAS CANELONES

PRÓXIMO A SHOPPING DE LAS PIEDRAS

Gaboto 507 entre camino Moreira y Americo Vespusio

Superficie terreno: 300 m²

Edificado 146m² s/cédula catastral

SEÑA 30% – COM. E IMP. 3,66% + 1% Impuesto Municipal
(en el acto con los medios de pago previstos por la ley de inclusión financiera).

Posee Deuda de Contribución Inmobiliaria y Primaria ($17.896).

Sugerimos asesorarse con un profesional de confianza por cualquier consulta.

Títulos, expediente y antecedentes en Juzgado Civil 13 Ficha 2-52605/2019, Pasaje de los Derechos Humanos, Segundo Piso.

Por consultas: 099604189 / ituzaingolegal@gmail.com

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 13o Turno, dictada en autos: “REGO, EDUARDO C/ GANDARIA BEN, ROSA y otro – EJECUCIÓN HIPOTECARIA” IUE 2-56205/2019, se hace saber que el próximo 5 de Marzo de 2024 a las 10:30 horas, en Avda. Uruguay 826 de la ciudad de Montevideo (Salón de la Asociación de Rematadores) por intermedio del martillero Gastón Fernández Barceló, matricula 6990, RUT 215554780012, presidido por el Alguacil de la Sede, se procederá a la venta en subasta pública, sin base, al mejor postor, en dólares estadounidenses, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras dominiales que le acceden sito en la localidad catastral Las Piedras, departamento de Canelones, empadronado con el numero DOCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS (12.382), antes en mayor área con el numero 7468, señalado como el solar 7 de la manzana 5 en el plano de mensura y fraccionamiento del Ingeniero Danilo Boggio de febrero de 1957 inscripto en la dirección General de Catastro con el numero 9583 el 9 de abril de 1957, según el cual consta de una superficie de trescientos metros y se deslinda así: 12 metros de frente al suroeste a la calle de 17 metros , entre calle vecinal existente y calle de 17metros, 25 metros al noreste lindando con solar 6, 12 metros al sureste lindando con solar 26 y 25 metros al suroeste lindando con solar 8 todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66 %, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden. Los gastos de escrituración serán asumidos por el adquirente. Dicho pago deberá realizarse en el acto cumpliendo con las leyes 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas y decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2) Sera de cargo del expediente el 1 % más IVA por concepto de comisión del rematador calculados sobre el precio de remate y el 1% del Impuesto Municipal. 3) El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor, será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 4) Se desconoce el estado ocupacional actual del bien, así como su estado a la fecha del remate. 5) Se desconoce la existencia de deudas de Construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones, así como la situación respecto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. Se desconocen otras deudas que afecten al inmueble. 6) Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudaren a la fecha de remate. En caso de existir cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se originaren, los cuales serán mejor postor en el remate. El ITP enajenante y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración. 7) Se desconoce si la Intendencia de Canelones hará uso del derecho de preferencia que le confiere la LOT. 8) El bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral y municipal y del expediente, los cuales se encuentran a disposición de los interesados en la Sede judicial para su consulta, sito en Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Segundo Piso.
Montevideo, 19 de febrero de 2024
FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto

INFORMES:
GASTÓN FERNÁNDEZ BARCELÓ
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Tels. 099604189