REMATE
MARTES 22 DE AGOSTO 14 HORAS
En AVDA. DE LAS INSTRUCCIONES 1925
24 LAND ROVER DEFENDER 110
STATION WAGON – SOFT TOP – TACTICOS
Que Pertenecieron a Flota del Ejército Nacional
EXHIBICION desde el Miércoles 16 de Agosto de 9 a 17 hs.
Sábado y Domingo inclusive.
Y RECUERDE 58 AÑOS ININTERRUMPIDOS REMATANDO AUTOMOTORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO, PODER JUDICIAL, BANCA, COMERCIO Y PARTICULARES, AVALAN SUS OPERACIONES CON NUESTRA FIRMA.
Condiciones de Remate:
Art.1- Los vehículos se rematan por unidad, donde están y en el estado que se encuentran, sin reclamo de ninguna naturaleza. Serán exhibidos desde el día Miércoles 16 de Agosto de 2023 hasta el día del remate, sábado y domingo inclusive, para ser revisados por todos los interesados. El pago de los lotes en Dólares Americanos Estadounidenses.
Art 2- Todos los vehículos se rematan libres de toda deuda o gravamen, con toda la documentación en regla, listos para empadronar en cualquier Intendencia del país y titular a nombre del comprador o a nombre de quién este indique.
Art 3- Los compradores deberán hacer efectivo en el acto el día del Remate el 17.00 % de comisión impuestos incluidos, mediante cheque común, letra de cambio o transferencia bancaria. El pago de la seña del 30% del valor del lote el mejor postor deberá consignar dentro de las primeras 24 hs. transcurrido el remate.
Art.4- El saldo del valor total de la compra podrá abonarse hasta el día 15 de Setiembre de 2023 en el horario de 9 a 16 hs. En caso de que el comprador no hiciera efectivo el pago total del lote adquirido en el plazo establecido en el artículo anterior, perderá la garantía y seña depositada más la comisión e impuesto correspondiente al Rematador.
Art.5- El comprador tendrá a su cargo los gastos de Transferencia y Título de los lotes adquiridos, la documentación para titular y transferir será entregada al comprador en remate luego de haber hecho efectivo el pago total del bien.
Art.6- (RETIRO DE LOS BIENES) Los bienes deberán ser retirados antes del día 15 de Setiembre de 2023, Debiendo haber hecho efectivo el pago del bien adquirido. Art.7- Los compradores deberán asumir los gastos de carga, retiro y transporte de los bienes en forma responsable y segura, los que serán de su propia cuenta y riesgo.