REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S MIÉRCOLES 14 DE JUNIO 13:30 HORAS En A.N.R.T.C.I. – AV. URUGUAY 826 – MONTEVIDEO
3 PADRONES RURALES EN EL DEPARTAMENTO DE SAN JOSE
¡MUY BUENA SUPERFICIE Y UBICACION!
PARAJE TROPA VIEJA
Acceso desde km 42 aprox. de la Ruta Nacional nro. 1 por Camino del Bote
También con acceso desde el km. 45,5 aprox. de ruta 1
DETALLE DE PADRONES
– Padrón nro. 21: 1907 ha 3062 mts con instalaciones y costa sobre el Río Santa Lucía
– Padrón nro. 23: 42 ha 1360 mts separa del padrón 21 Camino Vecinal
– Padrón nro. 26: 95 ha 4700 mts con costa sobre el Río Santa Lucía (lindero al padrón 21)
Los 3 padrones con frente a Camino Vecinal.
SEÑA 30 % – COM. E IMP. 3,66 %
Con los medios de pago previstos por la normativa vigente.
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 12º Turno, dictada en autos: “JATULE LTDA. C/ ROVATTI SERGIO Y ROSSI ALBA EN LA PERSONA DE SU CURADOR ING AGRON BURGOS ALEJANDRO-EJECUCIÓN HIPOTECARIA.- CURADOR ING. AGRON. BURGOS, ALEJANDRO, EJECUCION HIPOTECARIA.-” IUE 25-30/2009, se hace saber que el 14 de junio de 2023 a las 13 y 30 horas en Avda. Uruguay 826 – Montevideo se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI MAT.4219 Ruc 211743790012 y asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate en dólares, sin base y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: tres fracciones de campo con sus construcciones y demás mejoras que le acceden ubicadas en la sexta sección judicial de San José, paraje “Tropa Vieja” empadronadas con los Nros. Veintiuno, veintitrés y veintiséis y se describan así: padrón Nro. veintiuno que según plano del Agrimensor Omar Paganini Rocamora de junio de mil novecientos sesenta inscripto en la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales con el Nro. mil cuatrocientos quine el trece del mes y año expresados se compone de una superficie de mil novecientos siete hectáreas tres mil sesenta y dos metros que se deslindan así: al NORTE tres mil ocho metros cincuenta centímetros con la fracción empadronada con el nro. veintiséis – letra C del plano; al NORESTE el Río Santa Lucía; al SUR el arroyo Tropa Vieja por medio con los padrones doce y trece y parte del catorce, al SUROESTE mil quinientos cincuenta y cuatro metros con parte del padrón catorce y el cinco mil cuarenta y cinco; al SURESTE mil ciento cuarenta y seis metros con cincuenta centímetros con el citado padrón cinco mil cuarenta y cinco y al OESTE seis rectas de mil setecientos veintiocho metros, doscientos ochenta y seis metros cincuenta centímetros, ciento cincuenta y cinco metros noventa centímetros, setecientos sesenta y dos metros setenta centímetros, doscientos cuarenta y cinco metros veinte centímetros y mil veintidós metros cincuenta centímetros separando la primera y segunda que corren de Norte a Sur y dan frente a camino vecinal de los padrones cuatro mil ciento seis, veintitres y veintidós, la tercera que corre de Noreste a Sureste, del padrón veintidós la cuarta y quinta del padrón veintiuno y la sexta del padrón veintisiete. En el plano mencionado, la fracción descrita está formada por los lotes letras “A”, “B”, “F” y “E”. Padrón Nro. veintitrés:que de conformidad al mismo plano antes mencionado donde se señala con la letra “D” se compone de una superficie de cuarenta y dos hectáreas mil trescientos sesenta metros y limita: al NORESTE recta de cuatrocientos diecisiete metros noventa centímetros con el padrón cuatro mil ciento seis; al ESTE setecientos noventa y ocho metros cuarenta centímetros con camino vecinal que separa de la fracción antes descripta; al SUROESTE novecientos once metros ochenta centímetros con padrones números treinta y tres y veintidós y al NOROESTE seiscientos veintinueve metros cuarenta centímetros con el padrón veinticinco y Padrón número veintiséis señalado con la letra C en el plano ya citado y según el cual se compone de una superficie de noventa y cinco hectáreas cuatro mil setecientos metros que se deslindan así: Al NORTE dos mil novecientos cuarenta y dos metros con el padrón cuatro mil ciento seis; al E el Río Santa Lucía; al SUR tres mil ocho metros cincuenta centímetros con el padrón veintiuno y al OESTE trescientos treinta metros con camino vecinal que separa de padrón cuatro mil ciento seis. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma con los medios de pago previstos por la ley de Inclusión Financiera en tanto excedan los limites previstos según la legislación vigente. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corridos contados a partir del día siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni semana de Turismo. 2) Que será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la ley pone de su cargo así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto. 3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos o sea el 1,22% del precio de remate y el 1% y gastos de Impuesto Municipal. 4) Que existen deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria desconociendo la existencia de deudas por Impuesto de Primaria todo lo que podrá imputarse al precio hasta la fecha del remate. 5) Se desconoce el estado ocupacional de los bienes. 6) Existen inscripciones de arrendamiento los cuales fueron descartados por la parte ejecutante a fojas 953 por certificado notarial bajo la responsabilidad del profesional certificante. Los bienes se rematan en la situación jurídica y material en que se encuentra hasta el día de la escrituración definitiva. La documentación se encuentra depositados en la Sede del Juzgado sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 3er piso a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, 17 de mayo de 2023. PABLO GERARDO CARABALLO LEMAS, Actuario.
INFORMES: MARIO STEFANOLI PESCETTO mariostefanoli@gmail.com www.stefanoli.com Tels. 2908 5938 de 14 a 17 hs. Cel. 099619141