REMATE JUDICIAL SIN BASE EN U$S JUEVES 15 DE DICIEMBRE 12:30 HORAS EN PAYSANDÚ 896 MONTEVIDEO
EXCEPCIONAL UNIDAD DE P.H. EN PARQUE BATLLE
Excelente ubicación Pedro de Alarcón 1588 entre Av. Dr. Américo Ricaldoni y Feliciano Rodríguez
Padrón 148556/001
Área: 195 m² 1 dm² más bienes comunes de uso exclusivo
Seña 30% – Comisión e IVA 3,66% por medios de pago autorizados
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 18º Turno, dictada en autos: “ABBATE PIRIZ, ANIBAL c/ BARBOT VANNI, MARISA y otro – VIA DE APREMIO” IUE 2-49438/2021, se hace saber que el próximo 15 de diciembre a las 12 y 30 horas, en el local sito en Paysandú 896, el Martillero Carlos Abdala Souto, Matrícula 4234, RUT 211750130014, asistido por la Señora Alguacil del Juzgado que presidirá la subasta, procederá al remate público, sin base y al mejor postor, en dólares norteamericanos del siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal 001, empadronada individualmente con el número CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS BARRA CERO CERO UNO (148.556/001), que de acuerdo con el plano de mensura y fraccionamiento horizontal de las leyes 10.751, 13.870, y 13.892, trazado por el Agrimensor Alberto Benavides Sosa de marzo de 1972, inscripto en la Dirección General de Catastro el 24 de abril de 1972 con el número 68.558, se desarrolla en dos niveles, en Planta Baja a cota vertical más 0 metro 26 centímetros con una superficie de 142 metros 63 decímetros: y en Planta Subsuelo a cota vertical menos 2 metros 03 centímetros con una superficie de 52 metros 38 decímetros. Superficie Total de Unidad: ciento noventa y cinco metros un decímetro (195 metros 01 decímetro). Le corresponde el uso exclusivo del Porche B, Patio C. Patio D, Acceso Subsuelo G, y Jardín H, bienes comunes. La Unidad forma parte del Edificio sito en la antes cuarta sección catastral de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, padrón matriz ciento cuarenta y ocho mil quinientos cincuenta y seis (148.556) que de acuerdo al plano referido tiene una superficie de doscientos setenta y siete metros ochenta y cuatro decímetros (277 metros 84 decímetros) con 10 metros 09 centímetros al Oeste de frente a la calle Alarcón, por donde se señalan sus puertas de entrada con los números 1588 y 1590, entre las calles Feliciano Rodríguez y Avenida Doctor Américo Ricaldoni, distando el punto más próximo 25 metros 65 centímetros a la esquina con la Avenida citada. El edificio fue construido de acuerdo con Permiso de Construcción número 8097 concedido el 28 de enero de 1948, y habilitado en Régimen de Propiedad Común por la Autoridad Municipal el 12 de julio de 1949. – SE PREVIENE: 1º) El mejor postor deberá abonar en el acto de serle aceptada su oferta por lo menos el 30% de la misma, siendo también de su cargo la comisión y tributos que la ley le impone (3,66%), debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto y por cualquier método de pago (efectivo, letra de cambio o transferencia bancaria), dando cumplimiento a los limites y montos dispuestos por las Leyes No. 19.210, 19.478, 19.889 y sus decretos reglamentarios.En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2°) Que será de cargo del expediente, la comisión del martillero, o sea 1,22% del precio resultante. 3º) El plazo para el depósito del saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate. 4º) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 5°) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera exclusivamente por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tales conceptos hasta la fecha de la subasta, el 2% correspondiente al I.T.P. por la parte vendedora, e I.R.P.F por el demandado si correspondiere.- 6°) El mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210 y ley 19574 en la redacción dada por la ley 19889. 7°) Que no se cumple con el art. 178 de la Ley 17.296.- 8º) Que el bien se vende en el estado de conservación y situación jurídica en que se encuentra a la fecha de la subasta, en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación agregada, e información registral adjunta, los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados, en Pasaje de los Derechos Humanos 1309, segundo piso, de la ciudad de Montevideo, siendo de su cargo toda averiguación complementaria. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.- Montevideo, 14 de noviembre de 2022 SOLANGE BENTANCOR BUFFA, Actuario Adjunto