REMATARA JUDICIAL SIN BASE Y EN U$S.
53 HÁS DE CAMPO EN 5 FRACCIONES UBICADAS EN RUTA 7 KM. 37.-TOTORAL DEL SAUCE
JUEVES 20 DE DICIEMBRE A LAS 12 HORAS EN LOCAL DE RUTA 48 ESQ. PARAGUAY – LAS PIEDRAS
Se Subastan por separado.-
Fracción de 23 hás construcciones, tajamar, etc. frente a Ruta 7 –km. 37 Coneat 172.
Fracciones A y B en total 11 hás, un solo lote, lindero al anterior. Coneat 193.
Fracción de 4 hás. y ½,frente a Ruta 7,(Plantada de Pinos) Coneat 116.
Fracción de 11 hás con costa al Arroyo Sauce. Coneat 98.
Fracción de 3 hás. (lindero al anterior). Coneat. 119.
Seña 30 % y Com. e Imp.3.66 % al Contado. – Letra de Cambio y/o Transferencia Bancaria. Ley 19.210.
EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Las Piedras de Tercer Turno, dictada en autos: “REPUBLICA AFISA c/ CALLEROS, WALTER Y OTRA – Juicio Ejecutivo – Ficha 171-116/1999, se hace saber al público que el día 20 de diciembre próximo a partir de las 12 horas y en el local de Ruta 48 entre Paraguay y Brasil, en esta ciudad se procederá por intermedio del martillero Abel Vicente Lapizaga, mat. 1573 – RUT – 080000270014, asistido de la Sra. Oficial Alguacil de esta Sede, a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en dólares americanos, de los siguientes bienes inmuebles.- A) PADRON NUMERO VEINTE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO, (20.878), (antes padrón 932 en mayor área), fracción de campo con mejoras, sita en zona rural de la sexta sección catastral y judicial del Departamento de Canelones, paraje “Costa de Sauce”, señalada como fracción número TRES en el plano y fraccionamiento del Agrimensor Héctor Carlomagno de junio de 1943 inscripto en la Dirección General de Catastro el 22 de Junio de 1943 con el número 1850; según el cual tiene una SUPERFICIE DE ONCE HECTÁREAS, MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS, TREINTA Y CUATRO DECÍMETROS, (11 hás. 1.552 metros, 34 dmts.) que se deslinda así: al Noroeste 281 metros, 55 cmts. lindando con propiedad del Banco Hipotecario del Uruguay;- al Oeste 499 metros, 91 cmts. limitando con fracción 2 del mismo plano;- al Sur 170 metros, 61 cmts. servidumbre de paso de diez metros de ancho por medio con Sucesión de Francisco Cagnani;- y al Este línea quebrada de tres tramos, uno constituido por el Arroyo Sauce; otro recto de 72 metros, 90 cmts. que comienza en dicho Arroyo y corre en dirección Noreste a Sureste, y un tercer tramo de 489 metros, 98 cmts. que a partir del segundo se orienta hacia el Sur, terminando en su límite con la Sucesión de Francisco Cagnani confinando en los 2 últimos tramos con la fracción 4.- B) PADRON NUMERO CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (44.449), (antes padrones 925 y 20.619 en mayor área), fracción de campo con construcciones y mejoras que le acceden, ubicada en zona rural de la sexta sección catastral y judicial del Departamento de Canelones, paraje “Totoral del Sauce”, señalado como fracción DOS en el plano del Agrimensor Sarandí Asuaga de marzo de 1959 inscripto en la Dirección General de Catastro el 31 de marzo de 1959 con el N° 10.334; según el cual consta de una SUPERFICIE DE TRES HECTÁREAS, (3 hás); que se deslinda así: al Este 189 metros, 10 cmts. limitando con fracción 3; al Sur 159 metros, 37 cmts. lindando con padrón 20.620, por donde está afectada por servidumbre de paso de diez metros de ancho;- al Oeste 187 metros, 84 cmts. limitando con fracción número uno del mismo plano;- y al Norte 159 metros confinando con parte de los padrones números 20.877 y 20.878.- C) PADRON NOVECIENTOS VEINTICUATRO, (924) antes padrón 924 m/a, fracción de campo con mejoras, sita en zona rural de la sexta y séptima sección catastral y judicial del Departamento de Canelones, paraje “Totoral del Sauce”, señalada como fracción “A” en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Fernando Ospitaleche de agosto de 1991, inscripto en la Dirección General de Catastro el 12 de setiembre de 1991 con el número 3628, según el cual tiene una SUPERFICIE DE VEINTITRES HECTÁREAS, DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS, CATORCE DECIMETROS, (23 hás. 2956 mts. 14 dmts.), que se deslinda así: al Sur 473 metros de frente a Ruta Nacional número siete;- al Suroeste 608 metros lindando con: Espacio Libre, padrones suburbanos números 2781 al 2789 inclusive, calle de 17 metros, padrones números 2717, 2716, 2715 y 2700, calle de 17 metros, padrones números 2699, 2796 y 2693,- al Noroeste 293 metros, 15 centímetros limitando con parte de los padrones números 22872 y 22866;- y al Noreste 977 metros, 95 centímetros confinando con los padrones números: 932, 44450, 44449, 925, 44452 y 44553.- D) PADRON NÚMERO CINCUENTA Y NUEVE TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO (59364) ubicado en la séptima sección catastral del departamento de Canelones, Fracción “B” en el plano de mensura y fraccionamiento del agrimensor Fernando Ospitaleche, inscripto en la Dirección General de Catastro el 12 de setiembre de 1991 con el número 3628; y según el cual tiene una SUPERFICIE DE CUATRO HECTÁREAS, CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA METROS; y se deslinda asi: 473 metros, 15 centímetros de frente al Norte a ruta Nacional No. 7; 177 metros setenta centímetros al Sur-Oeste linda con padrones 26314 al 26317, 26320, 1907; 404 metros al Sur de frente a Camino Nacional a Cerro Largo; y al Nor-este 84 metros, 40 centímetros lindando con padrón 20621, ochava de 35 metros al Este que une las alineaciones antes referida con padrón 41634.- E) PADRÓN NÚMERO NOVECIENTOS TREINTA Y DOS, (932), fracción de campo con construcciones y mejoras que le acceden sita en zona rural de la sexta sección judicial y catastral del departamento de Canelones, paraje “Totoral del Sauce”, integrado por las fracciones “A” y “B” del plano del Agrimensor Sergio Rosé de enero de 1972, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Canelones el 13 de enero de 1972 con el número 6124; según el cual tiene una SUPERFICIE TOTAL DE: ONCE HECTAREAS, MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS, SESENTA Y CUATRO DECIMETROS, (11 hás. 1.759 metros, 64 dmts.), e individualmente tienen las siguientes superficies y deslinde: FRACCION “A”: 8 hectáreas, 0048 metros, 69 decímetros, que se deslinda así; al Este línea quebrada compuesta por 4 tramos; el primero de metros 219.58 lindando con padrón 20.877; el segundo de metros 160.60; el tercero quebrado hacia el Este de metros 16.52 y el cuarto con dirección oblicua hacia el Sur-Suroeste, de metros 84.74, por los últimos 3 tramos lindando con fracción B del mismo plano;- al Sur metros 160.84 limitando con padrón N°. 924;- al Oeste metros 462.15 lindando con los padrones Nos. 22867, 22868 y 22869;- y al Norte metros 172.48 confinando con padrón N° 9251. La fracción “A” tiene salida a Camino hacia el Este por servidumbre de paso de 10 metros de ancho que afecta todo el límite norte de fracción “B” hasta empalmar con otra servidumbre de paso existente de 10 metros de ancho;- FRACCION “B” del plano referido; tiene una superficie de 3 hectáreas, 1710 metros, 95 decímetros y se deslinda así; al Norte metros 131.86 por donde está afectada por servidumbre de paso de 10 metros de ancho, con padrón 20.877;- al ESTE metros 241.10 limitando con el padrón 44450;- al Sur metros 143.94 limitando con parte del padrón N° 924;- y al Oeste línea quebrada compuesta por 3 tramos que partiendo del límite Norte miden: el primer con dirección al Sur, metros 160.60;- el segundo que quiebra hacia el Este, metros 16.52 y el tercero con dirección oblicua hacia el SO, metros 84.74; por todos ellos limitando con la fracción “A” del mismo plano, antes descripto.- SE PREVIENE.- I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto y en efectivo al serle acepta la misma, en letra de cambio, cheque certificado o transferencia bancaria, (Ley 19.210, 19.478 y decretos reglamentarios).- II) Será de cargo del mejor postor la comisión del martillero actuante que es el 3% más IVA.- III) Que la demandada abonará una comisión del 1% e IVA, más 1% de Impuesto Municipal, (Ley 12.700), en total el 2.22% sobre el precio martillado.- IV) Existen deudas de Contribución Inmobiliaria y Enseñanza Primaria y se desconoce respecto de los inmuebles situación ocupacional de los mismos, tributaria antes diversos organismos: BPS, DGI, por construcciones, y diversos consumos que se adeudan.- V) Que el plazo para el deposito del saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de auto aprobatorio del remate (art. 387. lit. f, CGP), debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado.- VI) Del precio de la subasta solo se podrá descontar Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria y el 2% correspondiente al vendedor por ITP.- VII) También serán de cargo del adquirente, los gastos y honorarios de escribano a efectos de realizar la titulación del inmueble a su nombre.- VIII) La subasta se realizará en las condiciones que resultan del expediente y de la documentación agregada al mismo.- IX) De la documentación agregada no surgen planos de mensura.- X) Que los títulos de propiedad de los inmuebles se encuentran en la Sede de Juzgado calle José Batlle y Ordoñez 674 de esta ciudad, donde podrán ser examinados por los interesados y en un todo de conformidad con el Art. 387. del C.G.P.- A los efectos legales se hacen estas publicaciones- Diciembre, 11 del 2018.- Dra. Nélida B. Hernández Videla, Actuaria Adjunta.
INFORMES:
ABEL VICENTE LAPIZAGA CURBELO
lapizaga@hotmail.com
lapizagaremates.blogspot.com
Tels. 2364 5736 Cel. 099 63 59 02