REMATE JUDICIAL EJECUCIÓN HIPOTECARIA SIN BASE EN DÓLARES
APARTAMENTO EN PARQUE BATLLE, CIUDAD DE BAHÍA BLANCA 2522
MIÉRCOLES 12 DE DICIEMBRE A LAS 11 HS EN RINCÓN 408, MONTEVIDEO
EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 7º Turno, dictada en autos caratulados: “FRIGORÍFICO SAN JACINTO – NIREA C/ MABEREX SRL y OTROS – EJECUCIÓN HIPOTECARIA – IUE:2-29151/2016, se hace saber que el próximo 12 de diciembre a las 11 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº 1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal empadronada con el Nº 411.190/102, con la cuota parte que le corresponde en el terreno y demás bienes comunes del Edificio construido según plano de mensura y fraccionamiento del Agrim. Juan Pablo Pereira de junio de 2004, inscripto en la Dirección General de Catastro con el Nº 37.615 el 19/8/2004. La unidad 102 se ubica en primer piso a cota vertical más 4,12 mts. y tiene una superficie de 40 mts. 61 dmts. y le corresponde el uso exclusivo de la Terraza “F1” bien común. La unidad descripta forma parte del Edificio construido en terreno sito en la localidad de Montevideo, departamento del mismo nombre, zona urbana, padrón matriz N° 411.190, el que según plano relacionado tiene una superficie de 221 mts. 13 dmts. con 11 mts. al NO de frente a la calle Bahía Blanca entre la Avda. Américo Ricaldoni y la calle Presidente Batlle, distando el punto más próximo de su frente 28,91 mts. del comienzo de la ochava recta con la última nombrada. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30 % de su oferta al bajarse el martillo, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado supera las 40.000 UI se hará efectivo mediante letra de cambio o cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza cumpliendo con lo dispuesto por las leyes Nos 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que el bien registra deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria y Primaria, únicos rubros a descontar del saldo del precio de la subasta y que registra deuda por concepto de Tasa General Municipal y por Gastos Comunes, según lo informado a fs. 35 por la administradora del edificio. 5º) Se desconoce la existencia ocupacional del bien y/o arrendamientos. 6º) Que el plazo para la consignación del precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación de la providencia aprobatoria del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 7º) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación y de la información registral glosada en autos, los cuales están a disposición de los interesados en la Sede Judicial para su consulta, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 1º. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 06 de noviembre 2018. ESC. JACQUELINE CHICO SALGADO. ACTUARIA.